La Comunidad de Madrid ha aprobado este miércoles en Consejo de Gobierno el nuevo Estatuto de expresidentes y de miembros cesados del Ejecutivo autonómico, con el objetivo de equiparar sus condiciones a las que ya existen en la Administración General del Estado y en una decena de comunidades autónomas. El decreto establece derechos, deberes, retribuciones por incompatibilidad y funciones consultivas para quienes hayan ejercido responsabilidades en el Consejo de Gobierno, bajo un modelo que el Ejecutivo regional ha definido como "austero y transparente".
Según ha informado el consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín, los expresidentes podrán percibir una compensación económica equivalente al 80% de su sueldo durante un máximo de 24 meses, siempre que no desarrollen ninguna actividad pública o privada retribuida. Este derecho será aplicable a los actuales y futuros presidentes autonómicos, aunque no a los anteriores a la entrada en vigor del decreto.
El texto también regula otros beneficios protocolarios. Así, quienes hayan ejercido la Presidencia durante un mínimo de dos años recibirán el tratamiento de excelencia, ocuparán el lugar correspondiente en los actos oficiales y podrán contar, durante los dos años siguientes a su cese, con personal de apoyo, vehículo con conductor y medios materiales. Si el mandato presidencial superó los cuatro años, estos recursos se mantendrán durante el mismo periodo.
Además de sus derechos tras el cese, el Estatuto contempla la participación de los expresidentes en labores de asesoramiento, a solicitud del Gobierno regional, así como su posible designación como vocales electivos de la Comisión Jurídica Asesora. Este puesto consultivo, con una duración de seis años —ampliables a doce en caso de haber ocupado la Presidencia más de cuatro años—, no conllevará retribución fija, sino una dieta por asistencia a los plenos del organismo, incompatible con la indemnización mensual por cese.
En cuanto a los exconsejeros, podrán solicitar también la compensación del 80% de su salario por un tiempo proporcional a su permanencia en el cargo, con un límite de dos años. El texto les reconoce el tratamiento de excelencia y los servicios de protocolo y seguridad, este último siempre condicionado a la valoración del Ministerio del Interior.
La Comunidad de Madrid justifica la necesidad del decreto en la existencia de figuras similares en diez comunidades autónomas —algunas con carácter vitalicio o sin límite temporal— y en la Administración General del Estado, donde se reconoce el derecho de los expresidentes del Gobierno a recibir recursos públicos para ejercer funciones representativas. El Gobierno madrileño ha subrayado que su modelo es más restrictivo que el de otras autonomías como Castilla-La Mancha, Galicia, Cataluña o Andalucía, donde algunos beneficios se mantienen de forma indefinida.
El decreto será de aplicación a los miembros del actual Consejo de Gobierno y de los que se formen en adelante. Para los expresidentes y exconsejeros de mandatos anteriores, los únicos derechos reconocidos serán el tratamiento protocolario, el acceso a servicios de seguridad en función de la evaluación estatal y, en el caso de los expresidentes que cumplan los requisitos, la posibilidad de ser nombrados vocales electivos de la Comisión Jurídica Asesora.
La norma entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).