El Gobierno regional abre a consulta pública la reforma de la Ley de Turismo

El Gobierno regional abre a consulta pública la reforma de la Ley de Turismo

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La Comunidad de Madrid ha iniciado el trámite de audiencia e información pública del anteproyecto que modifica la Ley 1/1999 de Ordenación del Turismo, con una reforma que introduce como principal novedad el reconocimiento expreso de las viviendas de uso turístico (VUT) como una categoría específica de alojamiento dentro del marco legal autonómico. El texto permanecerá en consulta pública hasta el próximo 12 de febrero, según figura en el Portal de Transparencia.

Con esta modificación, el Ejecutivo regional da un paso decisivo en la regulación de una actividad cada vez más extendida, definiendo jurídicamente las VUT como aquellos inmuebles —pisos, estudios, apartamentos o casas— que se ceden de forma habitual y en su totalidad, amueblados y listos para su uso inmediato, a cambio de precio, con fines de alojamiento turístico y sin carácter de residencia permanente para los usuarios. Esta nueva definición permite delimitar claramente esta modalidad frente a otros usos residenciales y refuerza la seguridad jurídica de propietarios, vecinos y usuarios.

El anteproyecto incorpora las VUT al catálogo legal de alojamientos turísticos junto a hoteles, apartamentos turísticos, campings, alojamientos rurales, hosterías y zonas habilitadas para la pernocta de autocaravanas. Además, establece que el inicio de la actividad quedará condicionado a la presentación de una declaración responsable, tras la cual la Administración procederá de oficio a la inscripción en el Registro de Empresas Turísticas, que tendrá carácter público y servirá para disponer de información actualizada sobre el sector.

Con este sistema de control, el Gobierno regional alinea su normativa con la legislación europea en materia de alquileres de corta duración y facilita el intercambio de datos entre administraciones. Asimismo, se tipifica como infracción muy grave el uso de estas viviendas como residencia habitual o con fines distintos del turístico, con sanciones que pueden alcanzar los 90.151 euros y, en casos graves, ser superiores, incluyendo incluso el cierre definitivo del establecimiento.

También será sancionable, como infracción muy grave, el ejercicio de la actividad sin haber presentado la declaración responsable. La falta de seguro de responsabilidad civil profesional —requisito obligatorio para todos los titulares de actividades turísticas, incluidas las VUT— se considerará infracción grave.

El texto regula igualmente el régimen de acceso y permanencia en los establecimientos turísticos, permitiendo a los titulares ejercer el derecho de admisión en caso de incumplimiento de las normas, siempre que no haya discriminación y se respeten los derechos de los usuarios. Además, se refuerza la libertad de precios en el sector, con el principio de que serán determinados libremente, siempre que estén debidamente expuestos tanto en el establecimiento como en los medios de difusión online.

La reforma afecta al conjunto del sector turístico madrileño, elevando a rango legal nuevas modalidades como las hosterías y las zonas de pernocta para autocaravanas, y actualizando el marco normativo de hoteles, apartamentos, campings y alojamientos rurales. Igualmente, adapta el régimen sancionador a la legislación estatal y europea sobre viajes combinados, con procedimientos que deberán resolverse en un máximo de seis meses, asegurando la eficacia y proporcionalidad de las sanciones.

Una vez concluido el periodo de exposición pública, el anteproyecto seguirá su tramitación conforme al procedimiento legislativo previsto hasta su aprobación definitiva.