La Justicia avala las obras en la vivienda de Díaz Ayuso y su pareja en Chamberí

La Justicia avala las obras en la vivienda de Díaz Ayuso y su pareja en Chamberí

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 14 de Madrid ha dado la razón a Alberto González Amador, pareja de la Presidenta del Gobierno regional, Isabel Díaz Ayuso, y ha avalado la legalidad de las obras realizadas en la vivienda que ambos comparten en el centro de la capital. El auto judicial estima el recurso interpuesto contra una resolución del Coordinador del Distrito de Chamberí, fechada el 27 de mayo de 2024, que exigía solicitar licencia urbanística o adaptar las obras a una ya existente. La resolución ha sido anulada “por no ser conforme a derecho” y se imponen las costas al Ayuntamiento.

El consistorio madrileño había requerido al recurrente la tramitación de una licencia por las obras de acondicionamiento parcial y trabajos exteriores ejecutados en el inmueble. Sin embargo, el juez determina que las actuaciones estaban correctamente sujetas al régimen de declaración responsable, y no al de licencias, tal como prevé la normativa urbanística vigente.

En la sentencia se reconoce que González Amador presentó el 14 de octubre de 2022 una declaración responsable que abarcaba la totalidad de las obras realizadas, incluso antes de que la Administración emitiera la declaración de ineficacia. Según el magistrado, el hecho de que las obras se realizaran en dos fases no implica la necesidad de una licencia, ya que la ley no contempla esta condición como eximente del régimen de declaración responsable.

El magistrado señala que no comprende por qué el Ayuntamiento exige una licencia cuando las reformas, al no figurar entre los supuestos recogidos en los artículos 152 y 160 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, ni en el Anexo I de la Ordenanza municipal 6/2022, deben regirse por el artículo 155.1, que establece el control mediante declaración responsable.

La resolución judicial respalda, por tanto, que las obras no debían ser autorizadas mediante licencia, como sostenía el consistorio, sino que quedaban correctamente regularizadas por la declaración responsable presentada.

El fallo anula el requerimiento municipal y refuerza la legalidad del procedimiento seguido por el recurrente, al considerar que cumplió con las obligaciones previstas en la normativa urbanística. La sentencia supone un nuevo respaldo judicial a la posición mantenida por la pareja de la presidenta autonómica, frente a una actuación administrativa que el juez considera injustificada.