La Audiencia absuelve a un joven acusado de agresión sexual por su pareja tras tocarle la lotería a sus padres

La Audiencia absuelve a un joven acusado de agresión sexual por su pareja tras tocarle la lotería a sus padres

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a un joven de 22 años que había sido acusado de agresión sexual y malos tratos por su entonces pareja, quien presentó la denuncia poco después de que los padres del acusado resultaran agraciados con un premio de lotería.

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La Sala considera que no existen pruebas suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia y acuerda su libre absolución, eximiéndole además de cualquier responsabilidad civil.

La sentencia respalda la tesis de la defensa al concluir que la prueba practicada no alcanza el estándar exigido en el ámbito penal. El tribunal subraya que la condena solo puede dictarse cuando exista una acreditación suficiente y sólida de los hechos, algo que, en este caso, no aprecia.

El procedimiento se remonta a enero de 2022, cuando la denunciante acudió al cuartel de la Guardia Civil de Majadahonda para denunciar supuestos malos tratos habituales y agresiones sexuales durante la relación sentimental. Las diligencias previas se incoaron en el Juzgado de Instrucción número 1 de Majadahonda y el caso terminó en juicio ante la Audiencia Provincial.

Durante el proceso, la denunciante sostuvo que entre febrero de 2021 y enero de 2022 había sufrido control constante, violencia física y psicológica. Relató presuntas restricciones en su forma de vestir y relacionarse, así como insultos, humillaciones y agresiones físicas. También afirmó haber sido obligada a mantener relaciones sexuales sin su consentimiento en varias ocasiones.

La defensa, ejercida por el penalista Juan Gonzalo Ospina, centró su estrategia en cuestionar la consistencia de los indicios y en señalar discrepancias entre las distintas declaraciones de la denunciante a lo largo del procedimiento. Argumentó que no existían partes médicos ni informes periciales que acreditaran lesiones compatibles con los hechos denunciados, ni testigos que corroboraran los supuestos episodios de violencia habitual.

Asimismo, sostuvo que los mensajes aportados debían interpretarse en el contexto de una relación conflictiva, pero no necesariamente constitutiva de delito. Durante el juicio declaró un testigo que apuntó a que los problemas en la pareja se habrían intensificado tras el premio de lotería recibido por los padres del acusado. Según su testimonio, la denunciante habría expresado su intención de obtener dinero tras la ruptura. La Sala valoró esta declaración junto con el resto de la prueba practicada.

Tras el análisis conjunto de los elementos probatorios, el tribunal concluye que no ha quedado acreditada de forma suficiente la comisión de los delitos imputados. La resolución recuerda que la presunción de inocencia solo puede ceder ante pruebas de cargo válidas y concluyentes, circunstancia que no concurre en este caso.

La sentencia pone fin a un procedimiento de más de dos años en el que el joven se enfrentaba a acusaciones de especial gravedad y reafirma el principio de que en el ámbito penal la duda razonable debe resolverse a favor del acusado.