El Tribunal Supremo ha dictado la apertura de juicio oral contra el Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, acusado de un delito de revelación de secretos en concurso con prevaricación, en el marco del procedimiento abierto por la filtración a la prensa de un correo confidencial de la defensa de Alberto González Amador, pareja de la Presidenta del Gobierno regional, Isabel Díaz Ayuso. Se trata de la primera vez en democracia que un fiscal general se enfrenta a juicio ante el alto tribunal.
El magistrado instructor, Ángel Hurtado, considera que los hechos podrían encajar en varios tipos penales, entre ellos los artículos 417.1 y 2 del Código Penal, relativos a la revelación de secretos, y el artículo 404, que regula el delito de prevaricación. También menciona la posible aplicación de los artículos 197.2 y 3, por descubrimiento y revelación de secretos, así como el delito de infidelidad en la custodia de documentos públicos. El auto no cierra la puerta a que la Sala imponga finalmente otras calificaciones jurídicas adicionales.
La causa se remonta a la difusión, por parte de la Cadena Ser, de un correo enviado el 2 de febrero de 2024 por el abogado Carlos Neira a la Fiscalía, en el que ofrecía un acuerdo en nombre de González Amador en el marco de una causa por presunto fraude fiscal. Según el juez, la revelación de este documento por parte de una figura de máxima responsabilidad en el Ministerio Público generó un "grave perjuicio a la honorabilidad" del afectado y condicionó la percepción pública de su culpabilidad.
Entre las acusaciones personadas, la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) es la que solicita una pena más severa: seis años de cárcel y doce de inhabilitación por prevaricación en concurso con revelación continuada de secretos. La acusación ejercida por la Fundación Foro Libertad y Alternativa —en la que concurren también Hazte Oír y Vox— reclama cuatro años de prisión e inhabilitación, sin apreciar continuidad delictiva.
La defensa de González Amador, como acusación particular, pide también cuatro años de prisión, tres años de suspensión de empleo y sueldo, inhabilitación especial para el cargo y una multa de 108.000 euros. En la misma línea se han manifestado el Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) y Manos Limpias, aunque con variaciones en el importe de las multas, que oscilan entre 81.000 y 216.000 euros.
El magistrado instructor ha fijado una fianza de 150.000 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias, tras considerar "excesiva" la petición de indemnización de 300.000 euros formulada por la defensa del empresario. Hurtado justifica esta medida en los perjuicios morales sufridos por González Amador, cuya reputación habría quedado comprometida tras la filtración, sin que pueda ampararse bajo el derecho a la libertad de expresión ni la obligación institucional de informar.
En su auto, Hurtado se distancia de los criterios establecidos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, que desestimó en mayo una demanda similar contra la ministra María Jesús Montero, al considerar que González Amador no puede ser equiparado a un “particular al uso” por su condición pública. En este caso, el magistrado subraya que no se trata de una declaración política en un contexto de debate, sino de una "difusión indiscriminada" por parte de una autoridad pública de documentación reservada.