El Gobierno ha eliminado la norma que establecía que los yogures debían tener una fecha máxima de comercialización de 28 días desde el momento de su elaboración.
Serán los comerciantes de estos productos los que a partir de ahora decidirán cuál es la fecha de consumo preferente. Ya se ha puesto en marcha el nuevo etiquetado que será diferente según el tipo de producto, envase, etc.
Así, España seguiría la misma normativa que la mayoría de los países europeos al fijar una fecha de consumo preferente y no de caducidad, lo que marcaría que el producto ha perdido algunas de sus características pero es apto para el consumo.
La derogación quedó fijada el pasado viernes en el BOE, lo que hace que la norma que fue establecida en 2003 sobre la obligatoriedad de establecer una fecha de caducidad para estos productos quede eliminada.
Aunque ya haya sido aprobada la nueva normativa todavía queda un tiempo para que podamos ver los resultados en los supermercados ya que los fabricantes deberán realizar las pruebas pertinentes con los productos para establecer las fechas de consumo preferente.
Esta iniciativa forma parte del plan presentado por el ministro de Agricultura, Miguel Arias Cañete, 'Más alimento, menos desperdicio' con el que se pretende frenar el despilfarro de comida en España.