El Supremo avala que Atresmedia deje de emitir 'El Rosco' sin permiso

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El tribunal confirma que el formato de la prueba final de 'Pasapalabra' es una obra protegida cuyos derechos corresponden a MC&F.

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha ratificado este jueves la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona el 14 de noviembre de 2022 en el litigio que enfrenta a MC&F y Atresmedia, con intervención de ITV, por la emisión de 'Pasapalabra' y su prueba final 'El Rosco'.

El alto tribunal rechaza por completo todos los recursos interpuestos por Atresmedia e ITV Studios, así como el presentado por MC&F, y mantiene íntegramente la resolución recurrida. La sentencia declara que 'El Rosco' constituye una obra amparada por la propiedad intelectual.

Según el fallo, la titularidad del formato televisivo corresponde a MC&F Broadcasting Production and Distribution C.V., una productora holandesa que promovió el litigio para defender sus derechos sobre la explotación del juego emitido dentro del programa.

El Tribunal Supremo también descarta que exista efecto de cosa juzgada respecto de la sentencia dictada en el procedimiento anterior entre Mediaset e ITV Studios. Aunque reconoce que "concurre una vinculación objetiva" con este proceso, porque "ambos versan principalmente sobre si 'El Rosco' es una obra protegida autónomamente por la propiedad intelectual y sobre quién ostenta la titularidad de los derechos sobre tal obra", subraya que los litigantes "no son los mismos".

Por ese motivo, la Sala rechaza que la sentencia recurrida haya perjudicado la intangibilidad de la resolución firme dictada en aquel procedimiento previo entre Mediaset e ITV Studios.

En el análisis de los recursos de casación, el Supremo sostiene que 'El Rosco' puede recibir protección como obra por tratarse de un formato televisivo desarrollado, estructurado y dotado de suficiente complejidad, y no de una simple idea inicial o genérica.

La sentencia razona que la obra descrita contiene los elementos necesarios para emplear el formato como base sobre la que crear una obra audiovisual, en este caso un programa de televisión.

El tribunal aprecia además una originalidad bastante, al considerar que el formato incorpora decisiones "que han reflejado en ese formato su personalidad" de sus autores, y que posee una singularidad propia frente a otros juegos basados en el alfabeto.

La Sala destaca especialmente la configuración visual del rosco circular y su dinámica como rasgos que contribuyen a diferenciar esta prueba de otros formatos televisivos de entretenimiento.

El éxito que ha obtenido ese formato en distintas televisiones es por sí mismo significativo de que concurre el requisito exigido por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea para considerar que se trata de un formato televisivo susceptible de suscitar un elevado grado de reconocimiento como obra original por parte del público de programas de entretenimiento, diferente de otros programas de esa naturaleza que se emiten en televisión, según afirma la sentencia.

Con esta resolución, el Tribunal Supremo confirma la condena a cesar la explotación sin autorización del titular de los derechos, sin que esa medida implique vulnerar derechos de terceros, y avala la posibilidad de imponer indemnizaciones por los daños que sigan produciéndose si continúa la conducta infractora.

El fallo precisa que el régimen aplicable a la infracción de derechos de propiedad intelectual es "un régimen de responsabilidad subjetiva, basado en la culpa o negligencia" del infractor. "Para que responda de los daños y perjuicios causados al titular de los derechos de propiedad intelectual infringidos y deba indemnizarle, el infractor debe haber intervenido en la actividad infractora 'a sabiendas o con motivos razonables para saberlo'", recoge la sentencia.

La Audiencia de Barcelona condenó en noviembre de 2022 a Atresmedia por emitir 'El Rosco' de 'Pasapalabra', con licencia de ITV, sin contar con la titularidad de los derechos de propiedad intelectual del formato, que la sentencia consultada este jueves por Europa Press atribuye a MC&F.

Antes de ese pronunciamiento, un tribunal mercantil había dado la razón a Atresmedia e ITV, pero MC&F recurrió y la Audiencia de Barcelona ordenó a Atresmedia detener la "reproducción, distribución o comunicación pública" del juego y destruir todas las grabaciones de programas que incluyeran 'El Rosco'.

Atresmedia e ITV recurrieron el auto, por lo que el Tribunal Supremo ha tenido que pronunciarse de nuevo sobre los derechos de este espacio televisivo.

La resolución de la Audiencia también advertía de que, si la emisión continuaba desde aquella sentencia, Atresmedia tendría que indemnizar a MC&F con 50.000 euros por daños y perjuicios. Al no ser firme el fallo de 2022 y haber sido recurrido ante el Supremo, la prueba se ha seguido emitiendo en Antena 3.