González Amador basa su defensa en la filtración de su correo a Fiscalía y niega los delitos fiscales por 350.000 euros

González Amador basa su defensa en la filtración de su correo a Fiscalía y niega los delitos fiscales por 350.000 euros

Alberto González Amador, pareja de la presidenta regional Isabel Díaz Ayuso, centrará su defensa en el juicio por el presunto fraude fiscal en las supuestas vulneraciones de derechos fundamentales que, a su juicio, se produjeron desde el inicio del procedimiento. En el escrito presentado en la fase intermedia ante el Tribunal de Instancia de Madrid, sostiene que la filtración de un correo electrónico confidencial “pervirtió” las garantías del proceso penal.

La jueza Carmen Rodríguez-Medel acordó en septiembre la apertura de juicio oral contra González Amador por un presunto fraude de 350.000 euros en los ejercicios fiscales de 2020 y 2021, así como por una supuesta pertenencia a grupo criminal. La Fiscalía y la Abogacía del Estado solicitan tres años y nueve meses de prisión por dos delitos fiscales en concurso medial con falsedad documental, mientras que la acusación popular ejercida por PSOE y Más Madrid eleva la petición a cinco años al añadir un delito contable y otro de grupo criminal.

El núcleo de la defensa gira en torno al correo electrónico que el abogado de González Amador remitió el 2 de febrero de 2024 a la Fiscalía para explorar un posible acuerdo de conformidad. Según los letrados, ese mensaje fue difundido a medios de comunicación antes incluso de que existiera formalmente un procedimiento penal.

El escrito subraya que esa revelación vulneró el deber de confidencialidad que rige este tipo de negociaciones y que los hechos fueron objeto de un procedimiento paralelo por revelación de secretos, en el que resultó condenado el exfiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, a una pena de multa y a dos años de inhabilitación.

Para la defensa, aquella actuación “precedió” al proceso penal y lo condicionó desde su origen, generando una “acumulación de vulneraciones de derechos fundamentales”, en especial del derecho de defensa y de la presunción de inocencia. A su entender, las filtraciones y las actuaciones posteriores han convertido el caso en “la negación misma de un procedimiento justo en un Estado de derecho”.

Más allá de las cuestiones procesales, los abogados niegan que los hechos sean constitutivos de delito alguno. Sostienen que no existe deuda tributaria pendiente por el Impuesto de Sociedades correspondiente a los ejercicios 2020 y 2021 de la empresa Maxwell Cremona Ingeniería y Procesos Sociedad para el Fomento del Medioambiente.

El escrito defiende que los documentos incorporados a la causa acreditan la realidad de las operaciones económicas investigadas. Señala que la Agencia Tributaria considera reales determinados ingresos y gastos vinculados a la expansión en Latinoamérica de Quirón Prevención, aunque discrepa sobre la autenticidad de los servicios de intermediación de otra mercantil.

La defensa argumenta que, incluso aceptando a efectos dialécticos los ajustes planteados por la Agencia Tributaria en su liquidación vinculada a delito, la aplicación de otros ajustes que consideran procedentes reduciría la cuota hasta situarla por debajo de los 120.000 euros en ambos ejercicios, umbral necesario para apreciar delito fiscal.

Asimismo, lamentan que durante la instrucción no se permitiera practicar una diligencia solicitada relativa a un informe pericial que, a su juicio, habría confirmado la inexistencia de cuota delictiva. Con esta línea argumental, González Amador afronta un juicio que se prevé de alta repercusión política y jurídica en la Comunidad de Madrid.