La Comunidad recurre ante el Supremo el reparto forzoso de menores migrantes impuesto por el Gobierno

La Comunidad recurre ante el Supremo el reparto forzoso de menores migrantes impuesto por el Gobierno

La Comunidad de Madrid ha presentado un recurso ante el Tribunal Supremo contra el Real Decreto 658/2025 aprobado por el Gobierno central el pasado 22 de julio, en el que se establece el reparto obligatorio de menores extranjeros no acompañados llegados a Canarias entre las comunidades autónomas. El Ejecutivo regional considera que esta norma vulnera competencias autonómicas en materia de protección de menores y asistencia social, al tiempo que denuncia su carácter “forzoso y opaco”.

Los servicios jurídicos de la Comunidad han interpuesto el recurso por entender que el Real Decreto desarrolla el controvertido Real Decreto-ley 2/2025, de 18 de marzo, actualmente impugnado ante el Tribunal Constitucional por once comunidades, entre ellas Madrid. Dicho decreto fue criticado por invadir competencias exclusivas autonómicas, por carecer de una justificación real de urgencia y por utilizar un instrumento legislativo —el decreto-ley— inadecuado para regular materias que, conforme a la Constitución, están reservadas a leyes orgánicas.

En paralelo a la vía judicial, la Comunidad de Madrid ha reclamado por distintas vías al Gobierno central el envío inmediato de la información utilizada para determinar el reparto de menores. Según fuentes regionales, este proceso se ha llevado a cabo de forma arbitraria y con un sesgo político evidente que penaliza a las comunidades gobernadas por el Partido Popular, mientras que exime del reparto a territorios controlados por los socios nacionalistas del Ejecutivo.

Entre los requerimientos cursados al Ministerio de Juventud e Infancia, al Ministerio del Interior y a la Secretaría de la Comisión Sectorial de Infancia y Adolescencia, Madrid exige datos detallados del Registro de Menores Extranjeros No Acompañados (RMENA) desde 2023, los criterios utilizados para la asignación territorial —como población, renta, tasa de paro o capacidad de acogida— y la fórmula exacta de ponderación aplicada en virtud del artículo 35 ter de la Ley Orgánica 4/2000.

También se ha solicitado el acceso a la Memoria del Análisis de Impacto Normativo, así como a los informes jurídicos, técnicos y presupuestarios que sustentan la elaboración del Real Decreto 658/2025. La Comunidad cuestiona especialmente que se haya asignado a Madrid la acogida de 647 menores sin que se explique el fundamento legal o técnico de esa cifra, mientras que comunidades como el País Vasco o Cataluña han quedado exentas de toda reubicación.

El Gobierno regional defiende que la acogida de menores migrantes debe realizarse conforme al principio de colaboración institucional, con respeto a las competencias autonómicas y garantizando el interés superior del menor, y no mediante imposiciones unilaterales que generan desconfianza, tensan el sistema de protección social y responden a intereses ajenos al ámbito asistencial.

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