Los hosteleros insistirán ante el Ayuntamiento por un mayor aforo en los locales

Los hosteleros insistirán ante el Ayuntamiento por un mayor aforo en los locales

La Asociación Empresarial de Hostelería de Madrid (La Viña) ha dicho que seguirá intentando que el Ayuntamiento permita aumentar el aforo en los bares con alternativas como el estudio de casos particulares, sin establecer topes de forma genérica.

Según una fuente de la asociación de hosteleros, el Ayuntamiento debería "evolucionar" a partir de los criterios que establece el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM), de 1997, que fija en 99 personas el máximo de aforo para los bares y restaurantes y en 49 para bares especiales y discotecas.

La Viña responde así al argumento que ha recibido del Ayuntamiento, según el cual, en el marco del PGOUM, la normativa impide "una afluencia excesiva de público a una calle, zona o barrio, en defensa de un desarrollo equilibrado de la ciudad, del descanso y sosiego de los vecinos de dichas zonas".

La Viña pide al Ayuntamiento que se tenga en cuenta el Código Técnico de Edificación, que valora la superficie del local, sus características técnicas y las vías de evacuación con las que cuenta, y no únicamente la actividad del negocio.

De este modo, por ejemplo, según La Viña, podría estimarse el tamaño de algunos bares que tienen capacidad para un aforo mayor sin dejar de cumplir la normativa. "¿Si un local tiene capacidad para albergar a 150 clientes por qué solo puede acoger 99?", pregunta un portavoz de La Viña.

La Asociación Empresarial de Hostelería de Madrid insiste en que seguirá empeñada en solicitar que los aforos sean regulación teniendo en cuenta el Código Técnico de Edificación.

En la carta de respuesta del Ayuntamiento a La Viña, que esta Asociación ha comentado en su web (www.hosteleriamadrid.com), el gobierno local dice que "El aforo máximo de un establecimiento no se establece solo a los fines de seguridad en caso de emergencia, aunque sea el fin principal, sino que también está regulado en los planes de ordenación urbana".

Esta medida, una sentencia judicial relacionada con una infracción de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (LEPAR), intenta "impedir una afluencia excesiva de público a una calle, zona o barrio, en defensa de un desarrollo equilibrado de la ciudad, del descanso y sosiego de los vecinos de dichas zonas".