El Ayuntamiento de Madrid deberá computar al concebido no nacido en el baremo de admisión de las escuelas infantiles municipales

El Ayuntamiento de Madrid deberá computar al concebido no nacido en el baremo de admisión de las escuelas infantiles municipales

Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 22, a instancias de la Asociación de Familias Numerosas de Madrid, fuerza al Consistorio a reconocer dos puntos por familia numerosa también en los casos de gestación acreditada.

El Ayuntamiento de Madrid deberá computar al concebido no nacido en el baremo de admisión de las escuelas infantiles municipales para el curso 2026/2027, después de una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 22 de Madrid, dictada el 11 de febrero de 2026, que estima el recurso presentado por la Asociación de Familias Numerosas de Madrid y corrige la exclusión de los embarazos en el acceso a la puntuación por familia numerosa.

La resolución judicial, según ha informado la propia asociación, concluye que el Consistorio no podía dejar fuera del baremo al concebido no nacido cuando ese reconocimiento resulta favorable para la familia. A partir de ese pronunciamiento, el nuevo texto publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid incorpora expresamente que, a efectos de la condición de familia numerosa, se tendrá en cuenta tanto a los hijos nacidos como a los no nacidos.

Ese cambio tiene una consecuencia directa en el proceso de admisión abierto para las escuelas infantiles municipales. Las familias que ya tienen dos hijos y esperan un tercero, así como otros supuestos que permitan alcanzar esa condición conforme al baremo, podrán obtener los dos puntos previstos por familia numerosa siempre que acrediten la gestación con la documentación correspondiente.

La Asociación de Familias Numerosas de Madrid sostiene que esta modificación corrige una situación que perjudicaba a familias en pleno proceso de ampliación y que introducía un criterio restrictivo en el acceso a plazas públicas. La entidad considera que la nueva redacción aporta además mayor seguridad jurídica, al obligar a la administración municipal a aceptar el certificado médico oficial de embarazo como documento suficiente para justificar esa circunstancia.

El fallo llega coincidiendo con el inicio del plazo de solicitud de plaza para el próximo curso. Por ello, la asociación ha animado a las familias en situación de gestación a reclamar activamente esa puntuación y a hacer valer el nuevo criterio reconocido en sede judicial.

El nuevo baremo incluye de forma expresa el siguiente supuesto: “Familia que tenga reconocida la condición de familia numerosa [...] a cuyos efectos se tendrá en cuenta tanto a las hijas o hijos nacidos, como a los no nacidos (2 puntos)”. Esa redacción incorpora por primera vez de forma clara al no nacido dentro del sistema de puntuación de las escuelas infantiles municipales.

Cambio relevante en conciliación y acceso a plaza

La sentencia abre un nuevo escenario para familias que hasta ahora no podían beneficiarse de esa puntuación hasta el nacimiento efectivo del menor. En la práctica, eso suponía competir en el proceso de admisión sin reflejar en el baremo la situación familiar real en el momento de la solicitud.

La Asociación de Familias Numerosas de Madrid interpreta que este cambio evita una barrera burocrática en un momento especialmente sensible para la conciliación. A su juicio, el crecimiento de la familia debe operar como un elemento de apoyo y no como un obstáculo administrativo a la hora de acceder a una plaza pública en la red municipal.