¿Me pueden negar el día de mudanza?

¿Me pueden negar el día de mudanza?

Las mudanzas provocan, a menudo, una mezcla de emociones por el cambio que representan y el desarrollo logístico que implican.

Pero en ese torbellino de cajas y gestiones, surge una de las dudas laborales más comunes en España: ¿tengo derecho a un día libre? Y, sobre todo, ¿la empresa me lo puede negar?

Afortunadamente, la respuesta a esta interrogante es corta y tranquilizadora: el permiso por mudanza es un derecho. Sin embargo, como casi todo en el ámbito laboral español, este derecho tiene sus matices y requiere que el trabajador cumpla con una serie de pasos y justificaciones para que sea efectivo e indiscutible.

A continuación, te contamos lo que dice la ley y lo que tú puedes hacer para que tu traslado de domicilio se desarrolle sin ocasionarte problemas con tu empleador.

El amparo legal: ¿qué dice el Estatuto de los Trabajadores?

Como ya adelantamos, el permiso por traslado de domicilio no es un favor empresarial, es un derecho blindado por ley. De hecho, la legislación española es muy clara al respecto, estableciendo incluso un mínimo obligatorio para todos los trabajadores.

La norma mínima y de obligado cumplimiento

El punto de partida lo encontramos en el artículo 37.3.c del Estatuto de los Trabajadores. Esta norma establece que el trabajador tiene derecho a: “un día por traslado del domicilio habitual”.

Esta simple frase encierra varias certezas cruciales que debemos tener siempre presentes:

Es un derecho mínimo de ley: la empresa no puede alegar que "aquí no lo damos" o que va contra la política interna, porque es un derecho mínimo reconocido a nivel nacional que ninguna empresa puede eliminar.
Es un permiso retribuido: esto significa que ese día te lo tienen que pagar íntegramente. No tienes que recuperarlo, ni pueden descontarlo de tus vacaciones, ni tienes que trabajar horas extra después.
Aplicación al traslado del domicilio habitual: el permiso está diseñado para facilitar el cambio de tu residencia real. Es decir, no aplica si te mudas a una segunda residencia, una casa de vacaciones o por un traslado temporal.

La realidad: ¿cuántos días me corresponden realmente?

Pero, aunque la ley fija el mínimo de un (1) día retribuido, la realidad es que muchos trabajadores disfrutan de más tiempo. Y esto suele generar bastante confusión.

Lo que ocurre es que, los convenios colectivos (los pactos entre empresas/sectores y sindicatos) pueden (y a menudo lo hacen) mejorarlo. En ese caso, llegan a ser 2 o 3 días de permiso, dependiendo del convenio. Un ejemplo de ellos son los convenios de sectores como la banca o las cooperativas de crédito.

Así que, si no sabes cuántos días te corresponde, lo primero que debes hacer es preguntar en Recursos Humanos y revisar tu convenio. Además, ten en cuenta que este tipo de permisos nunca se puede eliminar, solo mejorar.

Requisitos y justificación: la mudanza a los ojos del jefe

Otra duda frecuente tiene que ver con si la mudanza es "pequeña" o interna. ¿Y si vivo de alquiler y me mudo dentro de la misma ciudad? ¿Y si contrato una empresa de mudanzas en Madrid y yo solo voy a supervisar?

La ley entiende que una mudanza es un proceso complejo que va más allá de simplemente cargar muebles. Incluye la gestión de los suministros, la documentación, el cambio de cerraduras y, principalmente, el reasentamiento en una nueva residencia. Por eso, se tiene derecho al permiso incluso si:

Vives de alquiler y cambias de piso dentro de la misma localidad.
Tienes previsto contratar a una empresa de mudanzas y serás tú quien mueva las cajas. El tiempo se justifica por las gestiones anexas.
No llevas muebles porque la nueva vivienda ya está amueblada.

En cambio, no te asiste el derecho cuando no hay un cambio en el domicilio habitual, como un traslado temporal o la mudanza a una segunda residencia. Recuerda, la ley no paga tu ocio; paga el tiempo que necesitas para reorganizar tu nueva residencia.

¿Qué documentos necesito para justificarlo?

Para que tu derecho sea incuestionable, debes poder justificar la mudanza. El justificante es la herramienta que "cierra la puerta" a cualquier discusión. Para ello te sirve:

El contrato de alquiler o escritura de compraventa de la nueva vivienda.
El certificado de empadronamiento.
La factura de la empresa de mudanzas. Esta es una prueba documental perfecta.

La pregunta más importante: ¿me pueden negar el permiso por mudanza?

Si cumples las condiciones (cambio de domicilio habitual, aviso previo y justificación), la empresa no puede negar el permiso retribuido por mudanza. Es más, negarlo sin causa justificada sería un incumplimiento del Estatuto de los Trabajadores.

Seguro ahora mismo te estarás preguntando: entonces, ¿por qué a veces ocurre la negativa?

Aunque el derecho existe a los trabajadores, es verdad que a veces se producen negativas. Esto suele deberse a varias razones:

Falta de aviso o claridad: el trabajador solicita el día con muy poca antelación y la empresa alega "necesidad del servicio".
Falta de justificación: no se ha aportado ningún documento que demuestre que el traslado es real y a la residencia habitual.
Desconocimiento: la empresa o el departamento de RR. HH. desconocen la norma del convenio y tratan el permiso como si fuera un favor.

Protocolo de solicitud para evitar problemas

Para evitar la posibilidad de que te nieguen el permiso, lo mejor es que procedas con orden y formalidad. Los especialistas en derecho laboral recomiendan este procedimiento:

Consulta el convenio: averigua cuántos días te corresponden y si hay plazos de aviso específicos.
Aviso por escrito: solicita formalmente el permiso para traslado del domicilio habitual a través de un correo electrónico u oficio, citando el artículo 37.3.c del Estatuto de los Trabajadores. No olvides indicar la fecha concreta.
⇒ Adjunta el justificante: agrega al documento una copia del contrato, el certificado de empadronamiento o la factura de tu empresa de mudanzas. Así, la petición quedará "debidamente justificada".

¿Qué hacer ante una negativa expresa?

Si cumples con todos estos pasos y la empresa te niega el permiso expresamente, la recomendación es una: acude a trabajar y reclama después. Porque la ausencia injustificada puede derivar en una sanción. Es más seguro cumplir y luego reclamar tu derecho.

Pide que te den la negativa por escrito. Guarda la solicitud, la respuesta de la empresa (la negativa) y la prueba documental de tu mudanza. Eso te servirá para reclamar judicialmente ante el Juzgado de lo Social que se reconozca tu derecho y se te pague el salario de ese día.

¿Y si teletrabajo?

El hecho de teletrabajar no elimina tu derecho. El permiso por mudanza no está vinculado a ir básicamente a la oficina, sino a la necesidad de disponer de tiempo para el traslado y la reorganización de su residencia habitual.

En definitiva, si estás planificando una mudanza, recuerda que la ley está de tu lado. La clave es avisar de forma anticipada, comunicarlo de manera formal y presentar la justificación documental debida.