El Real Madrid pierde otro asalto judicial por los conciertos del Bernabéu

El Real Madrid pierde otro asalto judicial por los conciertos del Bernabéu

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El Supremo inadmite el recurso del club y devuelve el caso al juzgado para que analice si las licencias amparan los conciertos musicales.

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación presentado por el Real Madrid contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid sobre los conciertos en el Estadio Santiago Bernabéu. La decisión permite que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 31 de Madrid continúe analizando la reclamación de la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu, que cuestiona si las licencias y el planeamiento urbanístico del estadio amparan la celebración de espectáculos musicales.

La providencia del Alto Tribunal rechaza el recurso contra la sentencia que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó el 24 de noviembre de 2025. Esa resolución había estimado el recurso de apelación de la asociación vecinal y había ordenado que el juzgado entrara a estudiar el fondo de la cuestión, algo que ahora podrá continuar sin la intervención del Supremo.

Los vecinos sostienen que las licencias concedidas al Real Madrid y el planeamiento urbanístico asociado a la reforma del estadio Santiago Bernabéu no amparan la celebración de conciertos musicales. Aunque la providencia del Supremo no resuelve la controversia de fondo, sí devuelve el asunto al juzgado para que se pronuncie sobre la reclamación vecinal.

El Supremo considera que el recurso del club blanco no ofrece una fundamentación suficiente para justificar la existencia de interés casacional objetivo. La Sección señala que el Real Madrid no acreditó adecuadamente la concurrencia de los supuestos legales invocados ni justificó de forma concreta el supuesto perjuicio para los intereses generales que alegaba.

El Alto Tribunal también subraya que la controversia tiene un marcado carácter casuístico, ligado a las circunstancias concretas del caso. Según la providencia, el recurso pretendía obtener un pronunciamiento particular, algo incompatible con la finalidad del recurso de casación, que está orientado a la formación de jurisprudencia de interés general y no a resolver litigios individuales.

La decisión impone las costas procesales al Real Madrid, con un límite máximo de 2.000 euros más IVA, en favor de la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu, que se había opuesto a la admisión del recurso ante el Supremo.

El expediente regresa al juzgado de origen

La Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu había solicitado al Ayuntamiento de Madrid que declarase que el Plan Especial de mejora del medio urbano del estadio Santiago Bernabéu y las distintas licencias otorgadas al Real Madrid por la reforma del recinto no permitían la celebración de conciertos musicales. La solicitud buscaba que el Ayuntamiento se pronunciara expresamente sobre esta cuestión.

Ante la desestimación presunta de esa solicitud por parte del Ayuntamiento, la asociación acudió a la vía contencioso-administrativa. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 31 de Madrid inadmitió inicialmente el recurso mediante auto de 25 de junio de 2025, al considerar que el acto recurrido no podía ser impugnado. El juzgado tuvo en cuenta además que el Ayuntamiento de Madrid, a través de la Agencia de Actividades, había indicado que la competencia para autorizar espectáculos extraordinarios correspondía a la Comunidad de Madrid.

La asociación vecinal recurrió en apelación y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid le dio la razón. La Sala consideró que el juzgado debía haber admitido el recurso y, por tanto, entrar a analizar si la respuesta municipal o la falta de resolución expresa eran conformes a derecho, en lugar de rechazar el caso de plano.

Tras la inadmisión del recurso de casación del Real Madrid, las actuaciones regresan al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 31 de Madrid. Este órgano deberá decidir ahora sobre la desestimación presunta de la consulta planteada por los vecinos y sobre el alcance real de las licencias y del planeamiento urbanístico del estadio en relación con la autorización de conciertos.