La Comunidad de Madrid ha iniciado la tramitación del nuevo proyecto de Decreto para regular y actualizar la sanidad mortuoria, adecuándose a las necesidades sociales y técnicas actuales y reforzando su seguridad jurídica.
Entre las principales novedades, se exige que los nuevos cementerios o ampliaciones de los existentes dispongan de suficiente espacio de enterramiento y se sustituye la autorización administrativa por una declaración responsable para exhumaciones y la exposición de cadáveres por motivos culturales, sociales o científicos.
El Consejo de Gobierno ha dado luz verde esta semana para someter el proyecto a consulta pública, publicándolo en el Portal de Transparencia como paso previo a su aprobación y entrada en vigor este año.
El proyecto de Decreto clasifica los cadáveres en tres grupos según el riesgo que presentan para la salud pública y los profesionales funerarios. El primer grupo incluye aquellos fallecidos por enfermedades contagiosas como carbunco, difteria respiratoria o rabia. El segundo grupo engloba los casos con peligro radiactivo, y el tercero, aquellos que no presentan las amenazas anteriores.
La normativa estipula que todos los restos humanos y cadavéricos deben ser transportados en vehículos acondicionados, utilizando cajas, Bolsas específicas o féretros. Para el transporte de restos óseos, basta con acompañarlos de la documentación que acredite su procedencia. Las urnas cinerarias no están sujetas a requisitos sanitarios, aunque su esparcimiento debe cumplir con las ordenanzas municipales o la legislación autonómica, según indica el Gobierno regional.
Además, se establece que los nuevos cementerios o ampliaciones deben dimensionarse según el censo poblacional de referencia, asegurando suficiente espacio para enterramientos.
El proyecto también revisa el registro de empresas funerarias, incluyendo instalaciones y servicios fúnebres. Se incorpora al registro a aquellas compañías sin domicilio en la Comunidad de Madrid que operen en la región, como en el caso de recogidas de cadáveres para traslado a otras comunidades autónomas.
El reglamento también subraya la profesionalización de los trabajadores funerarios desde el ámbito sanitario, especificando las necesidades formativas (certificaciones y cualificaciones) que les permitirán desarrollar sus actividades conforme a la legislación nacional.
Este Decreto actualiza la normativa vigente desde los años 80, alineándose con la Guía de Consenso sobre Sanidad Mortuoria del Estado y las comunidades autónomas, aprobada en 2018 por la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
Este reglamento, que actualiza la normativa que data de los años 80, está adaptado a la Guía de Consenso sobre Sanidad Mortuoria del Estado y las comunidades autónomas, aprobada en 2018 por la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial de Sistema Nacional de Salud.