El decreto estatal de comedores escolares saludables entra en una fase clave y obliga a suprimir en centros públicos, concertados y privados la venta de productos con exceso de azúcar, grasas saturadas o sal, mientras fija nuevos criterios para menús, agua gratuita y oferta alimentaria.
Desde este jueves 16 de abril, los colegios e institutos de toda España —públicos, concertados y privados— deberán retirar de máquinas expendedoras y cafeterías los refrescos azucarados y la bollería. Así lo establece el Decreto de Comedores Escolares Saludables y Sostenibles, publicado hace un año en el Boletín Oficial del Estado, que entra ahora en su fase más restrictiva. La norma busca mejorar la alimentación del alumnado, limitar los ultraprocesados en los centros educativos y reforzar hábitos vinculados a la dieta mediterránea y al consumo de agua.
La regulación prohíbe ofrecer alimentos o bebidas que superen las 200 kilocalorías por porción, así como productos en los que más del 10 por ciento de la energía proceda de grasas saturadas o azúcares añadidos. Con este cambio desaparecen en la práctica los refrescos azucarados, gran parte de la bollería industrial y otros productos de escaso valor nutricional que hasta ahora seguían presentes en muchos centros.
La norma afecta a todos los niveles educativos, aunque con una salvedad: las máquinas expendedoras no podrán estar ubicadas en zonas accesibles para alumnos de Infantil y Primaria. Tampoco podrán incluir publicidad de alimentos, bebidas ni de ningún otro producto.
En las cafeterías, la regulación da prioridad a productos vegetales, legumbres, cereales integrales, frutas y frutos secos, dentro de una oferta inspirada en la dieta mediterránea. Se permite un consumo moderado de proteínas de origen animal —pescado, huevos, lácteos y carne, con preferencia por aves y conejo—. Quedan excluidos los productos envasados con más de 15 miligramos de cafeína por cada 100 mililitros.
Aunque esta parte del decreto entra ya en vigor, el texto prevé una aplicación diferida para algunos criterios que pueden presentar dificultades de adaptación en los contratos de suministro alimentario. Los centros contarán con un plazo de dos años desde la publicación de la norma para ajustarse plenamente a las nuevas exigencias.
Uno de los ejes de la regulación es el acceso al agua potable y gratuita. Los centros educativos deberán facilitarla mediante fuentes bien señalizadas en espacios comunes y de recreo durante toda la jornada escolar.