La Fiscalía ha mantenido su petición de trece años de inhabilitación especial para la alcaldesa de Villa del Prado, Belén Rodríguez Palomino, por la presunta comisión de un delito continuado de prevaricación administrativa en relación a irregularidades detectadas en la contratación de servicios municipales de electricidad y fontanería. La representante del Ministerio Público ha elevado a definitivas sus conclusiones en la vista celebrada ante la Audiencia Provincial de Madrid, al considerar que la prueba practicada acredita la responsabilidad penal de la regidora.
Rodríguez Palomino, alcaldesa del municipio entre 2007 y mayo de 2019 y anteriormente concejal, habría ordenado la contratación verbal, sin expediente administrativo ni licitación previa, de las empresas Cochele Electricidad S.L. e Instalaciones Barbero S.L. para prestar de forma permanente servicios de electricidad y fontanería. La Fiscalía sostiene que la alcaldesa actuó con pleno conocimiento de que esta práctica vulneraba de forma manifiesta la normativa en materia de contratación pública.
Según el escrito de acusación, ambas compañías prestaron servicios rutinarios de mantenimiento al Ayuntamiento durante años sin que existiera cobertura contractual. A pesar de las advertencias reiteradas tanto de la Secretaria como de la Interventora municipales, que instaron a la alcaldía a iniciar los correspondientes procesos de licitación, la edil mantuvo el sistema de contratación directa. Durante el mandato de Rodríguez Palomino, la empresa Instalaciones Barbero S.L. facturó al Consistorio más de 278.000 euros entre los años 2014 y 2017, mientras que Cochele Electricidad S.L. giró facturas por valor de más de 354.000 euros en el mismo periodo.
Las irregularidades comenzaron a ser denunciadas en el Pleno del Ayuntamiento por la oposición en 2015, aunque no fue hasta 2019 cuando se procedió a formalizar una licitación pública para regularizar los contratos. En dicha convocatoria, resultó adjudicataria del servicio de fontanería la propia Instalaciones Barbero S.L., una de las empresas implicadas.
El procedimiento judicial ha quedado visto para sentencia tras los informes finales de las partes. La Fiscalía solicita, además de la inhabilitación especial para empleo o cargo público, la imposibilidad de ejercer el derecho de sufragio pasivo durante el mismo periodo. La resolución del tribunal determinará si los hechos constituyen finalmente una infracción penal de carácter continuado, tal y como mantiene la acusación pública.