Llega la norma europea de accesibilidad y España no está preparada

Llega la norma europea de accesibilidad y España no está preparada

Este viernes 28 de junio entra en vigor la normativa europea de accesibilidad digital, establecida por la Directiva 2019/882 y transpuesta en España mediante la Ley 11/2023, que obliga a administraciones públicas y empresas a garantizar que sus productos y servicios digitales sean plenamente accesibles para todas las personas, incluidas aquellas con discapacidades o limitaciones funcionales temporales o permanentes.

Según el último informe del Observatorio de Accesibilidad Web elaborado por la Fundación Vass, el panorama en España refleja un notable retraso en la materia: solo el 26,95% de las páginas web cumplen con los requisitos europeos, mientras que un 57,35% son directamente calificadas como no válidas. Esta situación compromete la igualdad de oportunidades en el acceso a la información y a los servicios digitales, además de poner a numerosas entidades en riesgo de sanción.

La nueva legislación amplía considerablemente el alcance respecto a normativas anteriores como la Directiva 2016/2102, que se limitaba a la administración pública. La nueva regulación obliga también a las grandes empresas privadas a adecuar sus webs, aplicaciones, productos digitales y servicios, incluyendo dispositivos como teléfonos móviles, tabletas, ordenadores, cajeros automáticos y terminales de venta de billetes, entre otros.

La directiva apuesta por un diseño universal que permita a cualquier persona utilizar los servicios digitales sin necesidad de adaptación. Esto implica garantizar elementos como el contraste adecuado de colores, el uso de texto alternativo, la compatibilidad con lectores de pantalla, subtítulos automáticos en videollamadas, interfaces navegables sin ratón y alternativas visuales o sonoras comprensibles. También incluye medidas para mejorar la experiencia de usuarios con capacidades sensoriales o motoras limitadas.

Los requisitos se aplican a servicios esenciales como transporte, banca electrónica, comercio online y comunicaciones, y contemplan incluso criterios de rendimiento funcional cuando las medidas técnicas no bastan. La exigencia de ofrecer estas funcionalidades por defecto y sin coste adicional pone de relieve la necesidad de un cambio estructural en el desarrollo digital.

El incumplimiento de esta normativa podría acarrear sanciones significativas para las entidades que no la implementen, como recoge el artículo 30 de la ley. Pero más allá del marco sancionador, esta legislación representa una oportunidad para que empresas y organismos amplíen su alcance social, mejoren su imagen y aumenten su competitividad mediante soluciones inclusivas.

Desde el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), su presidente Luis Cayo Pérez Bueno ha advertido de que, en la actualidad, las personas con discapacidad todavía no gozan de una plena ciudadanía digital. Esta exclusión, advirtió, pone en cuestión el ideal democrático en la era digital si no se garantiza el acceso universal a la tecnología.

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