Madrid limita a 250 las autorizaciones para músicos callejeros y presenta nuevas normas

El Ayuntamiento de Madrid ha establecido un máximo de 250 autorizaciones anuales para músicos callejeros, quienes deberán cumplir con una distancia mínima de tres metros respecto a accesos a viviendas, locales y salidas de emergencia. Esta medida, recogida en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM), responde a quejas vecinales y busca regular esta actividad en el espacio público.
Según la normativa firmada por Carlos Seguro, concejal presidente del Distrito Centro, cada intérprete, ya sea solista o integrante de un grupo, deberá contar con una autorización personal e intransferible. Este permiso estará limitado exclusivamente a interpretaciones musicales, excluyendo otras formas de arte como teatro, mimo, poesía o danza.
Los músicos interesados en obtener estas autorizaciones deberán presentar una solicitud individual. La finalidad del sistema es garantizar una música de calidad y regular las condiciones espaciales, horarias y medioambientales bajo las que se llevan a cabo las actuaciones.
Las actuaciones estarán restringidas en determinadas áreas del distrito Centro y se permitirán únicamente en horarios específicos. En plazas como la de Oriente, Lavapiés, Tirso de Molina, y calles como Arenal, Pez o Carretas, se prohibirá el uso de amplificación sonora y percusión. Las franjas horarias permitidas serán de viernes a domingo, de 12:00 a 14:00 y de 18:00 a 21:00 horas.
En El Rastro, los espacios de actuación estarán organizados por tramos, y los músicos deberán consensuar su ubicación con los comerciantes y vendedores ambulantes. Además, se mantendrá una distancia mínima de 75 metros entre intérpretes y se controlará que no se excedan los niveles sonoros permitidos.
El Ayuntamiento persigue con estas medidas varios objetivos: garantizar la convivencia entre músicos, vecinos y comerciantes; respetar el derecho al descanso de los residentes; asegurar un uso adecuado del espacio público; ofrecer seguridad jurídica en la tramitación de las autorizaciones; y establecer condiciones que preserven la calidad acústica y ambiental de las actuaciones.