El PP de Almeida exige explicaciones al Gobierno por el "desprecio" a Madrid tras la reclamación de ayudas por Filomena

El PP de Almeida exige explicaciones al Gobierno por el "desprecio" a Madrid tras la reclamación de ayudas por Filomena

El portavoz del Grupo Municipal Popular, Carlos Izquierdo, ha exigido explicaciones al Gobierno central por el "desprecio" con el que trata a Madrid después de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJM) haya dado la razón al Ayuntamiento que lidera José Luis Martínez-Almeida en su reclamación de ayudas por los gastos derivados de los servicios de emergencias durante la borrasca Filomena obligando a Delegación a dictar una nueva resolución al no estar motivada la decisión de conceder solo 1,4 millones de euros.


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Por eso el PP ha registrado una pregunta en el Pleno de Cibeles de este viernes sobre "los pasos que va a dar el Ayuntamiento ante la nueva sentencia del TSJM que obliga al Gobierno a dictar otra resolución sobre las ayudas por Filomena".

"Estamos acostumbrados a que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ningunee, ataque y desprecie a Madrid. La situación más importante fue cuando dejó sola a Madrid ante el Covid pero ha vuelto a pasar con la Agencia Aeroespacial o la Agencia Antiblanqueo, el abandono de Cercanías con una inversión que no llega o con la tasa de reposición" en la Policía, ha enumerado Izquierdo en rueda de prensa.

De los 60.981.624, 97 euros instados por el Gobierno de José Luis Martínez-Almeida por los diversos conceptos desglosados en la memoria que acompañaba la solicitud, la Delegación del Gobierno concedió 1.467.857,01 euros.

El Ayuntamiento de Madrid impugnó en los Tribunales dicha cantidad al considerar que esa cuantía de 1,46 millones de euros por los gastos de los servicios de Emergencias era "injusta".

El Abogado del Estado, por el contrario y tras allanarse parcialmente en 13.939,20 euros de los 59.513.767 que restarían de la diferencia solicitada, instaba a la confirmación de las resoluciones recurridas, tras analizar y motivar la adecuación a Derecho de las resoluciones impugnadas.

SIN MOTIVACIÓN

La Sala señala ahora que la resolución impugnada se reduce a seleccionar sin más "una parte ínfima de las partidas detalladas en la citada memoria del Ayuntamiento para, seguidamente, acompañar una transcripción de artículos y llegar apodícticamente a la conclusión estimatoria parcial".

Y lo hace, según los magistrados, sin motivar "en modo alguno el por qué rechaza el resto de partidas y actuaciones, equivalentes al 97,6% del total solicitado y que, por ello, hubieran sido merecedoras cuando menos de un razonamiento adecuado y proporcional a la entidad de la desestimación".

Por ello, Cree que incumple "el mandato de motivación general" en lo atinente a resoluciones que limiten derechos subjetivos o intereses legítimos, cual es el caso, "por mucho que se haya revestido formalmente de la naturaleza de estimación parcial para eludir el sentido plenamente desestimatorio de la misma".

"Es por todo ello por lo que procede estimar parcialmente el presente recurso contencioso- administrativo, anulando la resolución objeto del mismo y retrotrayendo las actuaciones al momento previo al del dictado de la resolución de concesión de la subvención instada, a efectos de que por la Delegación del Gobierno se dicte una nueva", recoge el auto.

Reclama la Sala que la nueva resolución se dicte respetando "los criterios legales y cánones jurisprudencialmente acuñados por sendas jurisprudencia ordinaria y constitucional en materia de motivación de las resoluciones administrativas".

"Sin que los motivos secundarios aducidos por la Administración General del estado en la contestación a la demanda provoquen modificación del citado parecer, al tratarse de motivos que, o bien han resultado tácitamente desestimados a la luz de lo expuesto ut supra, o bien son accesorios, y necesariamente decaen como consecuencia de la estimación parcial del principal, debidamente resuelto y cuya suerte siguen", concluye

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