Proponen juzgar al Real Madrid por el ruido generado en los conciertos del Bernabéu

Proponen juzgar al Real Madrid por el ruido generado en los conciertos del Bernabéu

El Juzgado de Instrucción número 53 de Madrid ha propuesto juzgar al Real Madrid y a José Ángel Sánchez Periáñez, administrador único de la sociedad que gestiona el Estadio Santiago Bernabéu, al apreciar indicios de un posible delito contra el medio ambiente relacionado con el ruido generado por los conciertos celebrados en el recinto entre abril y septiembre de 2024. Así lo ha acordado la magistrada instructora en un auto que da por concluida la investigación y abre la vía para la continuación del procedimiento por trámite abreviado.

La causa se originó tras la querella presentada el pasado 15 de julio por la Asociación de Vecinos Perjudicados por el Bernabéu, que denunció el “ruido insoportable” generado por los espectáculos musicales celebrados tras la remodelación del estadio. Según su denuncia, desde el primer concierto se han vulnerado los niveles máximos de emisión sonora establecidos en la normativa municipal, sin que se hayan adoptado medidas de insonorización adecuadas, ni preventivas ni correctoras. La querella señala también la presunta inacción del Ayuntamiento de Madrid, acusando al alcalde y al delegado de Urbanismo de haber tolerado conscientemente esta situación, desatendiendo su responsabilidad de proteger el interés vecinal frente al beneficio de una entidad privada.

La instructora concluye que existen indicios de que durante todos los conciertos celebrados entre el 26 de abril y el 8 de septiembre de 2024 se superaron los límites de ruido fijados por la normativa municipal. El Ayuntamiento de Madrid ha incoado múltiples expedientes sancionadores a promotores musicales, calificando los hechos como infracciones muy graves e imponiendo multas de hasta 148.000 euros. Entre los eventos señalados figuran los conciertos de Taylor Swift, Duki, Manuel Carrasco y Luis Miguel, en los que, según los informes periciales aportados, se habrían rebasado de forma reiterada los niveles sonoros permitidos.

Los vecinos sostienen que la licencia de obras concedida al club en 2019 no preveía el uso del estadio para eventos no deportivos, como conciertos, por lo que, a su juicio, cada celebración requeriría de autorización expresa. Además, la parte querellante denuncia que no se realizaron estudios acústicos para prevenir la salida de ruido, ni se modificó la infraestructura para garantizar el cumplimiento de la normativa medioambiental. Acompañan su denuncia con informes técnicos sobre la contaminación acústica causada en el entorno residencial, sustentando que se ha vulnerado de manera sistemática la legislación vigente.

El auto judicial descarta, no obstante, que se haya incurrido en un delito de prevaricación por parte de los responsables municipales, al no detectarse irregularidades graves en la tramitación de los expedientes sancionadores. Reconoce que no corresponde al juzgado valorar la corrección administrativa de las sanciones ni su destinatario. En cuanto a la responsabilidad del Ayuntamiento, recuerda que los cargos implicados no pueden ser considerados penalmente responsables por su posición jerárquica sin prueba de dominio funcional directo de los hechos.