Teatros, academias, tiendas y gimnasios podrán instalar una terraza en Madrid

Aprobada una nueva normativa que permitirá instalar más terrazas en Madrid

A falta de visto bueno en el Pleno y las propuestas de los grupos de la oposición, la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado este jueves una nueva Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración que flexibiliza, liberaliza y elimina trabas burocráticas a la hora de instalar estos espacios, que han aumentado de 1.495 en el año 2009 a 3.740 en 2012.

La nueva normativa de terrazas amplía el tipo de establecimientos que podrán instalarlas a hoteles, teatros, academias, tiendas, museos o gimnasios, según ha explicado el portavoz municipal, Enrique Núñez, en la rueda de prensa posterior a la reunión del equipo de gobierno de Ana Botella.

130718 ordenanza terrazas madrid 02En la regulación quedan suprimidos los módulos de velador para determinar la superficie de la terraza; ésta se fijará por el número de metros cuadrados ocupados independientemente del mobiliario instalado. Se podrán instalar terrazas de más de 100 metros cuadrados sin necesidad de acudir a la Comisión Especial de Terrazas para su autorización y se establece una distancia mínima de paso de 2,50 metros y una ocupación máxima del 50% del espacio, sin perjuicio de algunas restricciones respecto a elementos concretos de mobiliario urbano, bocas de riego, salidas de emergencia.

Las terrazas y quioscos autorizados podrán instalar mobiliario "de cualquier tipo", como mesas altas, bancos, aparatos de climatización, y podrán anclar "ciertos elementos que delimiten o acondicionen la terraza". La instalación de estos últimos necesitará un aval y supondrá la obligación de reponer la vía pública a su estado inicial una vez retirada la terraza. También, "con carácter excepcional", según el Ayuntamiento, será posible adosar la terraza a la fachada del establecimiento.

El texto de la nueva Ordenanza incluye 56 de un total de 427 alegaciones recibidas (97 ya estaban recogidas en la norma) presentadas por algunas entidades como el Colegio Oficial de Farmacéuticos, CEIM y la Asociación Empresarial de Cadenas de Restauración Moderna.

La ordenanza asume las alegaciones de las farmacias, que solicitaron tener más visibilidad y un acceso garantizado por tratarse de establecimientos sanitarios.

Las calles peatonales que tengan al menos 5 metros podrán acoger terrazas si son dispuestas de manera que permitan el paso de vehículos autorizados por un ancho mínimo de 3,5 metros.

El capítulo de infracciones y sanciones por incumplimiento de la normativa prevé multas entre 750 y 1.500 euros, "pudiendo llegar a los 3.000 en caso de incumplimiento reiterado".

Fuera de la normativa quedan las terrazas en suelo privado de uso privado, situadas en el interior de centros comerciales, azoteas u otros espacios, que serán reguladas por la normativa urbanística.

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 >> Arriba, una terraza del centro de Madrid. A la derecha, el portavoz municipal, Enrique Núñez, en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid.