Anulada una multa de velocidad al vulnerar el Ayuntamiento de Madrid el derecho de defensa del conductor

Anulada una multa de velocidad al vulnerar el Ayuntamiento de Madrid el derecho de defensa del conductor

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El TSJM ha invalidado una multa de tráfico impuesta por el Ayuntamiento de Madrid, ya que el conductor no fue otorgado los medios necesarios para defenderse.

Los jueces consideran el recurso presentado por el interesado, a través del proceso especial para la defensa de los derechos fundamentales, en contra de la decisión del 12 de mayo de 2022 que rechazó el recurso de reposición contra la resolución sancionadora.

Al conductor se le sancionó por la comisión de una infracción prevista en la Ley de Seguridad Vial y se le impuso una multa de 300 euros por "sobrepasar la velocidad máxima en vías limitadas hasta 50 km/h. circular a 72 km/h limite 50 km/h".

El Tribunal Superior decidió anular la sanción y revocar la resolución administrativa impugnada debido a que el Consistorio infringió el derecho a la defensa al no aceptar ni rechazar ninguna de las pruebas presentadas para su defensa.

Los magistrados señalan que el instructor del expediente denegó, en suma, "en decisión meramente tácita o implícita justificada extemporáneamente por el órgano sancionador, la práctica de los medios probatorios propuestos por el interesado".

Los medios probatorios estaban encaminados a "fundar la resolución administrativa impugnada en la falta de acreditación de los hechos cuya demostración se intentaba obtener mediante la actividad probatoria que no se pudo practicar y en la circunstancia de no haber quedado desvirtuada la presunción de veracidad de que gozan las actas y denuncias formuladas por los agentes de la autoridad".

Concluye la Sala que "se ha vulnerado en el supuesto concreto sometido a nuestra consideración por la Administración demandada el derecho que asistía al recurrente utilizar los medios de prueba pertinentes para la defensa del artículo 24.2 de la Constitución".