El Real Madrid se persona en la demanda vecinal contra los dos nuevos parkings

El Real Madrid se persona en la demanda vecinal contra los dos nuevos parkings

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El Real Madrid Club de fútbol ha presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) un escrito de personación en la demanda vecinal que mantiene un proceso abierto contra la construcción de dos aparcamientos en el Paseo de la Castellana y Padre Damián.

La representación jurídica del Real Madrid, adjudicataria de las obras, ha señalado en su escrito que la personación se produce después de que el 7 de junio el Ayuntamiento de Madrid invitara a la entidad a personarse en calidad de interesada como codemandada.

En un comunicado, la Asociación Iniciativa Vecinal en Defensa del Medio Ambiente y contra el túnel en Paseo Habana-Padre Damián ha recordado que "el Ayuntamiento no puede imponer caución económica a la Asociación, pero el Real Madrid sí puede solicitar al Juzgado que imponga una fuerte caución dineraria", subrayando que están ante un proyecto valorado en 561 millones de euros.

El pasado mayo, un juez de lo Contencioso-Administrativo estimó un recurso de la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu contra el acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento que autorizaba el contrato de concesión de obra para la construcción y explotación de los aparcamientos del Paseo de la Castellana-Bernabéu y Padre Damián junto al estadio del Real Madrid.

La parte demandante basaba su pretensión en una posible infracción del procedimiento legalmente establecido por parte de la Administración respecto a las actuaciones preparatorias del contrato de concesión. Argumentaban que los proyectos autorizados infringían las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Madrid en lo relativo al uso de garajes y aparcamientos. Asimismo, sostenían que se omitió el trámite de evaluación de impacto ambiental y que faltaba "justificación de la concesión" y "un estudio de seguridad específico para el túnel" bajo el estadio.

También alegaban "opacidad del procedimiento", mientras el Ayuntamiento reclamaba la inadmisibilidad del recurso por considerar que el acto impugnado era "de trámite no cualificado" y argumentaba "falta de legitimación activa de la parte actora". En cuanto al fondo del asunto, pedían la desestimación del recurso.

Sin embargo, la magistrada encargada del caso consideró que "no procede" esa inadmisibilidad, atribuyendo a la asociación recurrente "la legitimación activa en el presente recurso al tener la consideración de interesada".

La sentencia señalaba que tanto el estudio de viabilidad presentado por el Real Madrid como el posterior estudio de viabilidad económico-financiera elaborado por la Administración sufrieron "una alteración significativa" tras el trámite de audiencia pública. El propio Ayuntamiento introdujo importantes modificaciones que no fueron sometidas nuevamente a información pública.

El fallo también destacaba que no se aportó "prueba que acredite los parámetros de cálculo y los resultados obtenidos por la Administración" en el estudio de tráfico, ni se incluyó "un estudio de Transporte".

Además, la sentencia resaltaba que los estudios de tráfico considerados por el Consistorio se basaron solo en simulaciones para una hora punta horaria de un día tipo y no para eventos masivos.

En consideración a lo expuesto, el fallo apuntaba a que el Ayuntamiento de Madrid "no ha llegado a acreditar en el presente procedimiento que la ejecución de dos aparcamientos, de los cuales uno proyecta una conexión directa con el parking propio del Estadio Bernabéu, satisfaga una finalidad de interés público y general acorde con el Planeamiento Urbanístico y específicamente con el Plan Especial".