Hacienda ya ha publicado en el BOE las principales fechas del calendario de la declaración de la renta 2013. Como otros años, el límite de la obligatoriedad para realizarla se mantiene en los 22.000 euros de ingresos anuales y podrá realizarse, de nuevo, a través de Internet. Desde aquí le ofrecemos las claves para llevar a cabo este inevitable 'trago' de la manera más cómoda posible.
En primer lugar, descargar el borrador y los datos fiscales que la Agencia Tributaria pondrá a disposición de los contribuyentes a partir del 1 de abril a través de su página web. Para poder acceder al borrador, es necesario seguir los siguientes pasos:
1. Introducir el número de identificación fiscal
2. Introducir el importe de la casilla 620
3. Introducir el número de móvil para recibir por SMS el número de referencia.
La Agencia Tributaria también enviará por correo convencional el borrador a aquellos contribuyentes que así lo solicitaran en la declaración de 2012.
Como en años anteriores, el límite de obligatoriedad para realizar la declaración se mantiene en los 22.000 euros de ingresos anuales cuando procedan de un solo pagador. En cambio, si se tiene más de un pagador, el límite que queda exento se situará en los 11.200 euros.
También estarán obligados a declarar aquellos contribuyentes que aún teniendo rentas inferiores a 22.00 euros anuales, se hayan aplicado deducciones por los siguientes conceptos:
1. Inversión en vivienda
2. Cuenta ahorro-empresa
3.Doble imposición internacional
Así mismo, también deberán declarar aquellas rentas menores a 22.000 euros con reducciones en la base imponible por aportaciones destinadas a:
1. Planes de pensiones
2. Mutualidades de previsión social
3. Planes de previsión asegurados
4. Patrimonios protegidos de las personas con discapacidad
Una vez cumplimentada, la declaración podrá presentarse del 23 de abril al 30 de junio de 2014 por vía electrónica. Si se realiza por cualquier otro medio se podrá presentar entre el 5 de mayo y el 30 de junio. Por su parte, el plazo para la presentación de las declaraciones del Impuesto de Patrimonio se establecerá del 23 de abril al 30 de junio.
Entre las novedades para la próxima campaña, encontramos que Hacienda no aceptará las declaraciones realizadas a boli. Por ello, para no perjudicar a los más de 35.000 contribuyentes que siguen rellenando su declaración a mano, la Agencia Tributaria prestará un servicio de asistencia específico para ayudar a confeccionar la declaración.