El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ayuntamiento de Loeches para impugnar el proyecto de construcción de un vertedero en su término municipal.
En su sentencia el TSJM rechaza la pretensión del Gobierno municipal de Loeches de paralizar el Plan Especial de Infraestructuras, aprobado por la Comisión de Urbanismo de Madrid el 30 de julio de 2016, para la creación de un complejo de reciclaje.
Esta infraestructura sustituiría al vertedero al aire libre de Alcalá de Henares, donde actualmente depositan la basura los municipios de la Mancomunidad del Este de Madrid, y que llegará al final de su vida útil en 2018.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM ha considerado que la impugnación de Loeches está "vacía de contenido técnico" y que su Consistorio "no ha realizado un análisis" de los informes disponibles ni ha comparado "la influencia a nivel ambiental y territorial" de los mismos.
En su recurso, el Ayuntamiento argumentó que la Comunidad sólo puede formular planes especiales cuando sirvan para desarrollar un PGOU preexistente y que tampoco existía un planeamiento equivalente a nivel regional.
El TSJM ha rebatido esta tesis al exponer que "la implantación de un sistema general supramunicipal" no exige "su previa determinación en el planeamiento municipal".
Por su parte, la Comunidad se opuso a la demanda con el pretexto de que había aplicado sus competencias "en materia de gestión de residuos" y que daría "cobertura urbanística" al complejo de reciclaje.
Según el Ayuntamiento, el proyecto aprobado definitivamente incluyó un incremento del 28 % en la superficie a edificar, modificación que debió someterse "a los trámites de información pública y requerimiento de informes".
A ello ha respondido el TSJM que, para que esos trámites sean exigibles, los cambios supongan una alteración tan significativa "que pueda estimarse como un nuevo planeamiento", requisito que no concurriría en este caso.
Contra esta sentencia, fechada el pasado 8 de junio, cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.