Treinta años de cárcel por asesinar a su expareja en Getafe

Treinta años de cárcel por asesinar a su expareja en Getafe

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La Audiencia Provincial condena por asesinato con alevosía, allanamiento de morada y coacciones en el ámbito familiar.

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a un hombre a treinta años de prisión por asesinar de tres puñaladas a su expareja el 4 de noviembre de 2023 en Getafe. La sentencia se dicta tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular que le consideró autor de los delitos de asesinato con alevosía, allanamiento de morada y coacciones en el ámbito familiar. Un segundo acusado ha sido absuelto al no apreciar el jurado responsabilidad penal en su actuación.

El condenado mantuvo una relación sentimental con Carolina V. C., con quien se casó en julio de 2022 y convivió en Getafe hasta que ella puso fin a la relación en septiembre de 2023. La ruptura marcó el inicio de una escalada de conductas delictivas que culminaría con el asesinato.

En la madrugada del 4 de noviembre accedió sin autorización al domicilio de la víctima utilizando unas llaves que conservaba. Tras marcharse, volvió minutos después iniciándose una discusión y un forcejeo durante el que intentó introducir a la mujer en su dormitorio y arrebatarle el teléfono móvil, permaneciendo en la vivienda pese a que ella le pedía reiteradamente que se fuera.

Horas después, aproximadamente a las 13:42, la siguió por una calle de Getafe, la alcanzó y, tras un breve intercambio de palabras y nuevo forcejeo, le asestó dos puñaladas superficiales y una tercera en el torso. Esta última atravesó el corazón y el pulmón izquierdo, provocando la muerte de Carolina por shock hemorrágico. La mujer también sufrió graves cortes en la mano izquierda al intentar defenderse del ataque.

El tribunal considera acreditado que el acusado actuó de forma sorpresiva, aprovechando la indefensión de la víctima y con la decisión deliberada de acabar con su vida al no aceptar la ruptura de la relación. La magistrada-presidenta del Tribunal del Jurado concluye que mediante la alevosía el acusado se aseguró ejecutar el ataque mortal e impedir cualquier posibilidad de defensa eficaz.

Respecto a la imputabilidad del condenado, el tribunal rechaza que padeciera una alteración psíquica que afectara gravemente a su capacidad de comprender sus actos. No obstante, se constata que consignó 10.800 euros para hacer frente a futuras indemnizaciones a los herederos o beneficiarios de la víctima.

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