Alcalá fija el calendario fiscal de 2026

Alcalá fija el calendario fiscal de 2026

La Concejalía de Hacienda de Alcalá de Henares ha aprobado el calendario fiscal correspondiente a 2026 mediante una resolución del Órgano de Gestión Tributaria, según ha comunicado este lunes el Ayuntamiento.

El Consistorio ha detallado que el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (urbanos, rústicos y B.I.C.E.S.) podrá abonarse del 23 de junio al 23 de septiembre, con cargo el 7 de julio en el caso de los recibos domiciliados. En cuanto al Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), el periodo de pago se extenderá del 22 de septiembre al 24 de noviembre, y el pago domiciliado se realizará el 20 de octubre.

Asimismo, el Ayuntamiento ha concretado los plazos del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), que se podrá pagar del 13 de mayo al 15 de julio, con cargo el 5 de junio para los recibos domiciliados. En el caso del Paso de Vehículos a través de las aceras (Vados), el periodo será del 13 de mayo al 15 de julio, y la fecha de cargo para domiciliados quedará fijada en el 22 de junio. Por su parte, la tasa sobre cajeros automáticos se abonará del 10 de marzo al 12 de junio, con cargo el 20 de abril en la modalidad domiciliada.

Respecto a la Tasa por Prestación del Servicio de Recogida, Gestión, Transporte y Tratamiento de Residuos de competencia local (Tasa de gestión de residuos), el Consistorio ha indicado que su cobro se efectuará a través de su incorporación a la factura del suministro de agua, gestionado por Aguas de Alcalá, y prorrateará su importe conforme a los periodos de facturación y al sistema de pago acordado con el suministrador.

El concejal de Hacienda y tercer teniente de alcalde, Gustavo Severien, ha subrayado el cumplimiento tributario de los vecinos y su impacto en la ciudad. "Gracias a ellos, todos juntos seguimos mejorando Alcalá, llevando a cabo las inversiones y mejoras previstas para el crecimiento y desarrollo de la ciudad, por eso este equipo de gobierno agradece enormemente el esfuerzo que cada ciudadano hace para pagar sus impuestos", ha señalado.

Según ha añadido, el Ayuntamiento ha aplicado este año una rebaja del tipo de gravamen del IBIU, que pasa del 0,42 al 0,41 %, de modo que los vecinos verán reducidos sus recibos.

El Consistorio ha recordado que el contribuyente puede domiciliar el pago de varias figuras: Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM), Impuesto sobre actividades económicas (IAE), Paso de Vehículos a través de las aceras (Vados) y Tasa sobre cajeros automáticos.

En relación con esta modalidad, el Ayuntamiento ha destacado que "La domiciliación implica para el contribuyente una mayor comodidad y seguridad en el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Además, la domiciliación implica una bonificación del 3% de descuento en la cuota líquida, con el límite de 300 euros por recibo".

Para tramitarla, el Consistorio exige presentar la solicitud de domiciliación de recibos (modelo 035-B), firmada por el titular de los tributos que se pretenden domiciliar, así como la orden de domiciliación adeudo SEPA (modelo 035).

Cuando el titular de la cuenta no coincide con el titular de los recibos, el Ayuntamiento indica que el modelo 035 debe ir firmado por el titular de la cuenta y, además, se debe aportar fotocopia de su DNI.

La documentación a adjuntar incluye también un documento acreditativo de la titularidad de la cuenta en el caso de personas físicas, o certificado de titularidad bancaria para personas jurídicas, junto con copia del DNI del titular de los recibos que se quieran domiciliar.

Si el trámite se realiza mediante persona autorizada, se requiere la copia del DNI del autorizante y el documento que acredite dicha autorización (modelo 031 bis). Si se actúa a través de representante, el procedimiento exige aportar el modelo 031.

En el caso de personas jurídicas o entidades, el Ayuntamiento indica que deben acreditar documentalmente la representación y presentar la solicitud mediante registro electrónico.

El Consistorio ha recordado igualmente que todos los modelos están disponibles para descarga en el apartado del contribuyente de la web municipal.

Las solicitudes pueden presentarse de forma presencial en la Oficina de Atención al Contribuyente (Plaza de Cervantes, 4), con cita previa, que se puede solicitar en https://citaprevia.ayto-alcaladehenares.es o llamando al 918883300 (extensiones 6805 y 6828). El Ayuntamiento también permite realizar el trámite presencial con cita previa en cualquiera de las Juntas Municipales de Distrito.

Otra vía habilitada es el correo electrónico, remitiendo la documentación requerida a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., o el registro electrónico a través de la sede municipal https://sede.ayto-alcaladehenares.es, accediendo al apartado Catálogo de Trámites y seleccionando el procedimiento Domiciliación bancaria, para lo que resulta necesario disponer de Certificado electrónico o Cl@ve.

Por último, el Ayuntamiento contempla la presentación mediante Registro presencial en cualquiera de las oficinas de registro del Consistorio y en las Juntas Municipales de Distrito con cita previa, así como en otros registros oficiales a través de ventanilla única o en cualquier oficina de correos mediante correo administrativo.