El tribunal también reconoce la movilidad reducida del demandante tras desestimar los informes de la Administración autonómica.

Un juez desestima los informes de la Comunidad y reconoce la movilidad reducida de un demandante

La Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Madrid ha elevado del 25% al 46% el grado de discapacidad reconocido a un abogado y profesor que padece síndromes discales e intestino irritable. La sentencia, que estima la demanda del afectado contra la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, también le reconoce la movilidad reducida, con una puntuación positiva de 25 puntos en el baremo correspondiente.
La Administración autonómica había fijado inicialmente el grado de discapacidad en un 25% y había denegado el reconocimiento de movilidad reducida, pese a las limitaciones que las patologías del demandante le provocaban tanto en su desempeño profesional como en su vida cotidiana.
Los problemas discales dificultaban progresivamente su movilidad y el intestino irritable agravaba su situación. Estas dolencias le impedían desarrollar con normalidad actividades tan básicas como utilizar el transporte público, impartir clases o levantarse y sentarse en su puesto de trabajo.
El despacho Parrado Asesores Abogados, que llevó el caso, explica que la reclamación se apoyó en distintos informes médicos que acreditaban la evolución de las patologías y las limitaciones funcionales asociadas. La demanda planteaba inicialmente alcanzar un grado de hasta el 65%, aunque también solicitaba subsidiariamente el 46%, porcentaje que el tribunal ha terminado por estimar.
La resolución judicial cuestiona abiertamente la fundamentación de los informes técnicos utilizados por la Administración autonómica. El tribunal señala que estos documentos "se limitaban a recoger unos porcentajes sin precisar ningún tipo de explicación sobre el razonamiento seguido", en referencia a los baremos aplicados.
La sentencia también reprocha que los representantes técnicos de la Comunidad de Madrid no comparecieran al juicio. El demandante tuvo que acudir a la vía judicial tras la negativa administrativa, y esa demora prolongó el proceso mientras sus patologías continuaban evolucionando y sus limitaciones aumentaban.
La abogada Cristina Alonso, encargada del caso, ha destacado el valor de los informes médicos aportados, que reflejaban la evolución de los diagnósticos y su repercusión en las actividades laborales y cotidianas del demandante.
El fallo establece definitivamente un grado de discapacidad del 46% y una puntuación positiva de 25 puntos en el baremo de movilidad reducida. Ambos reconocimientos deberán incorporarse a la situación administrativa del demandante y le abrirán el acceso a las medidas laborales y prestaciones vinculadas a su grado de discapacidad.
Estas preguntas han sido generadas por inteligencia artificial para favorecer el diálogo y la reflexión.
¿Crees que la Administración debería revisar sus procedimientos de evaluación de discapacidad tras decisiones judiciales como esta?
¿Te parece que los informes médicos privados deberían tener mayor peso en estos procesos o confías más en los evaluadores públicos?
Tu opinión es importante. Comparte tu punto de vista con respeto.
Participa en la conversación con respeto. Tu comentario se publicará automáticamente, aunque podrá ser retirado por la redacción.
Comentarios (0)