El Defensor del Pueblo pide a varios ayuntamientos madrileños que faciliten información municipal a ediles de la oposición

El Defensor del Pueblo pide a varios ayuntamientos madrileños que faciliten información municipal a ediles de la oposición

El Defensor del Pueblo ha pedido a varios ayuntamientos madrileños que faciliten la información municipal que soliciten los concejales de la oposición, tras haber recibido quejas de las dificultades que se encontraban algunos concejales en ese sentido.

Así, el departamento que dirige Ángel Gabilondo ha manifestado a los ayuntamientos de Algete, Torrejón de la Calzada y Valdemorillo, y otros de otros puntos de España, que el derecho de los concejales a disponer de la información necesaria para ejercer sus funciones "también está relacionado con el derecho constitucional de participación política, dado que esta información tiene como objeto facilitar a los concejales un normal ejercicio de sus funciones".

Especial mención le ha merecido al Defensor la queja remitida por una edil del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, que denunciaba la negativa municipal a darle acceso a las actas de las reuniones del consejo de administración de una empresa pública municipal.

El Consistorio justificó su negativa en la normativa mercantil que entendía aplicable, según la cual dicha documentación solo estaba a disposición de los administradores de la empresa, pero no para el resto de miembros de la junta general de accionistas, por lo que no debía ser accesible para el pleno de la corporación.

Pero el Defensor del Pueblo no comparte tal justificación, y así lo razonó en una Sugerencia, "pues, a pesar de que la documentación solicitada hacía referencia a la actividad de una empresa sujeta a la normativa mercantil, dicha entidad era de capital íntegramente público y dependiente de dicha Administración local".

"En la medida en que dicha empresa pública no deja de ser un instrumento creado para la realización de intereses municipales y, por tanto sujeto a ellos y a la Corporación local que los tiene encomendados, no puede equipararse, como pretendía el ayuntamiento, a una empresa mercantil de capital privado", recalca.

OTRAS RECOMENDACIONES

Siguiendo en el ámbito del ejercicio de las funciones de control y fiscalización al equipo de gobierno, esta Institución ha recomendado al Ayuntamiento de Galapagar la modificación de su Reglamento Orgánico Municipal, con el fin de garantizar a todos los concejales la posibilidad de presentar ruegos y preguntas, sin distinción en función de su integración o no en un grupo municipal.

A juicio de la Institución, la presentación de ruegos y preguntas por los ediles forma parte del núcleo esencial del derecho de participación política, y, por tanto, la redacción del artículo del Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Galapagar, "que discrimina el número de preguntas a formular por los concejales no adscritos en relación con los integrados en un grupo municipal, no es conforme a derecho".

Por otro lado, el Defensor del Pueblo ha constatado que algunas administraciones públicas no han adaptado sus convenios colectivos a la exigencia de igualdad de trato de trabajadores fijos y temporales en el cómputo de servicios prestados a efectos de antigüedad, por lo que les insta a las administraciones a adecuar sus convenios a esta exigencia legal, como se hizo, por ejemplo, ante el Ayuntamiento de Majadahonda, que aceptó la Recomendación formulada.