Abierto el periodo de alegaciones a la normativa de Madrid para el alquiler turístico

Abierto el periodo de alegaciones a la normativa de Madrid para el alquiler turístico

El Ayuntamiento de Madrid ha abierto el periodo de información pública sobre el Plan Especial de Hospedaje, durante el cual, hasta el 28 de septiembre, podrán ser presentadas alegaciones a la normativa que deberán cumplir los inmuebles de once distritos destinados a alquiler durante más de 90 días al año.

Se trata del Plan aprobado inicialmente por la Junta de Gobierno de Madrid el 26 de julio pasado según el cual los inmuebles de varios distritos céntricos de Madrid que se alquilen durante más de 90 días al año deberán tener una licencia de uso terciario -de hospedaje- por estar dedicados a una "actividad comercial".

Los treinta días hábiles, contados a partir del lunes 20 de agosto, han sido notificados el pasado día 17 en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) junto con el listado de distritos y barrios y plano del ámbito del Plan Especial de Hospedaje (PEH).

Entre otras medidas, este plan, diseñado por el Área de Desarrollo Urbano Sostenible del Ayuntamiento, obligará a los alojamientos turísticos que compartan edificio con viviendas de uso residencial a tener un "acceso independiente".

El PEH delimita en tres "anillos" concéntricos a los distritos de Centro, Arganzuela, Retiro, Salamanca, Chamartín, Tetuán, Chamberí, Moncloa - Aravaca, Latina, Carabanchel y Usera.

El primer anillo comprende los barrios Palacio, Embajadores, Cortes, Justicia, Universidad y Sol, del Distrito Centro.

El anillo dos comprende los distritos de Chamberí (barrios Gaztambide, Arapiles, Trafalgar, Almagro, Ríos Rosas y Vallehermoso), Chamartín (El Viso), Salamanca (Recoletos, Goya, Lista y Castellana) Retiro (Pacífico, Ibiza, Jerónimos y Niño Jesús), Arganzuela (Imperial, Acacias, Chopera, Delicias, Palos de Moguer y Atocha) y Moncloa - Aravaca (Arguelles).

En el tercer anillo están Tetuán (Bellas Vistas, Cuatro Caminos, Castillejos, Almenara, Valdeacederas y Berruguete), Chamartín (Prosperidad, Ciudad Jardín, Hispanoamérica, Nueva España y Castilla), o el de Salamanca (Guindalera y Fuente del Berro).

A este anillo pertenecen también los distritos de Retiro (barrios Estrella y Adelfas), Arganzuela (Legazpi), Usera (Almendrales y Moscardó), Carabanchel (Comillas, Opañel y San Isidro), Latina (Los Cármenes y Puerta del Ángel) y Moncloa - Aravaca (parte de Casa de Campo y parte de Ciudad Universitaria).

Con esta medida -que no entrará en vigor hasta su aprobación en el Pleno, previsiblemente a finales de año o al comienzo de 2019, el Gobierno de Manuela Carmena busca impulsar "las medidas oportunas para garantizar que no se expulse de los barrios del centro a sus residentes habituales" y poner freno a "la actividad turística masificada".

El plan especial no afectará a las viviendas utilizadas como residencia permanente que se alquilen un máximo de tres meses al año, ya que el Gobierno municipal lo entiende como un modo de "economía colaborativa" que no constituye una actividad empresarial, ha expuesto el delegado.

Uno de los grandes objetivos de este plan es "preservar el uso residencial en los barrios de la almendra central que se han ido despoblando", y para ello el Ayuntamiento de Madrid endurecerá de forma significativa los cambios de uso en el distrito Centro, hasta tal punto que "en algunas zonas del centro van a ser muy difíciles o prácticamente imposibles".

De ese modo, se logrará también que la actividad de hospedaje se extienda a otras zonas de la ciudad, redistribuyendo la actividad económica y descargando la concentración del centro histórico.

En los edificios de uso residencial en los anillos 1 y 2, quien solicite una licencia de uso de hospedaje tendrá que tener un acceso independiente al del resto de vecinos, de modo que los turistas no puedan utilizar puertas de entrada, portales o ascensores comunes al resto de viviendas.

Esta exigencia se ve complementada, además, con la condición de que ese acceso no sea directo desde la calle a los alojamientos, sino que previamente debe contar con una recepción o similar. Esta condición está orientada, principalmente, a aquellos alojamientos situados a pie de calle.

En el anillo 3, en edificios de uso exclusivamente residencial, también se exige un acceso independiente, pero como fundamental diferencia con los anillos 1 y 2, en aquellos casos donde ya se admiten otras clases del uso terciario, como oficinas o comercios, se mantiene la regulación vigente, que permite el cambio de uso residencial a uso de hospedaje.