El Tribunal Constitucional (TC) ha decidido mantener la suspensión para la Ley de Transparencia Hipotecaria de la Comunidad de Madrid que acordó al admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad planteado por el Gobierno.
El pasado 28 de diciembre, el Consejo de Ministros acordó solicitar al Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, la interposición el recurso contra dicha ley, por entender que algunos de sus artículos establecen "un nivel de protección al consumidor inferior al de la normativa dictada por el Estado".
En enero el Constitucional admitió a trámite el recurso de inconstitucionalidad y suspendió la ley de manera provisional, medida que acaba de prolongar.
El Gobierno cuestiona, en concreto, la constitucionalidad de los artículos 2, 3, 4, 5, 7, 8 y 9 de la ley 1/2012, para la Protección de los Derechos de los Consumidores Mediante el Fomento de la Transparencia Hipotecaria en la Comunidad de Madrid.
El Estado entiende que los preceptos cuestionados resultan inconstitucionales porque "los artículos cuya impugnación se insta establecen un nivel de protección al consumidor inferior al de la normativa dictada por el Estado en base a las competencias exclusivas que le atribuye el art. 149.1. de la Constitución".
Se refiere, en concreto, a las reglas 6ª (legislación mercantil), 11ª (bases de la ordenación de crédito, banca y seguros) y 13ª (bases y coordinación general de la actividad económica), según explicó el Consejo de Ministros.
Dicha normativa, que la Asamblea de Madrid aprobó el pasado 22 de marzo, fomenta la transparencia en la información previa para que los consumidores conozcan la oferta que les hace la entidad financiera y la transparencia en el contrato que finalmente se firma.
Así, exige que se especifique si al contratar el préstamo se incluye como única garantía la vivienda hipotecada (dación en pago) o si también deberá responder con todo su patrimonio, presente y futuro.
También obliga a que esta información se redacte de forma "transparente, clara, concreta y sencilla, utilizando el tamaño de letra apropiado para facilitar su lectura".
Igualmente contempla sanciones en caso de incumplimiento de las condiciones sobre el procedimiento de contratación o en caso de discrepancia entre la oferta vinculante y el proyecto de documento contractual, sanciones que podrían llegar, en el caso de considerarse muy graves, hasta los 600.000 euros.