La reforma que flexibiliza la jubilación anticipada de las personas con discapacidad entra en vigor

La reforma que flexibiliza la jubilación anticipada de las personas con discapacidad entra en vigor

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El decreto que flexibilizará la jubilación anticipada de las personas con una discapacidad reconocida de al menos un 45 por ciento entrará en vigor este jueves 1 de junio.

Mediante el real decreto que mejora el acceso a la jubilación anticipada por discapacidad, el Gobierno reduce de 15 a 5 años, desde que fueron diagnosticados, el periodo de cotización exigido a los trabajadores con discapacidad superior al 45% para que puedan acceder a la jubilación anticipada, siendo necesario haber trabajado un tiempo efectivo equivalente al período mínimo de cotización.

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Otra de las novedades que incluye el decreto es que se podrán acumular dos tipos de patologías distintas para determinar el 45% de grado de discapacidad y que se simplifica tanto la acreditación como la actualización de las patologías.

A partir de ahora, será suficiente un informe médico que acredite que se ha padecido alguna de las dolencias requeridas para acceder a la jubilación anticipada, por lo que ya no será necesario el informe del Imserso.

Ante la entrada en vigor de la medida, el Consejo Español para la Defensa de la Discapacidad y la Dependencia (CEDDD) ha reclamado adaptar la medida a la casuística de cada persona y ha advertido que basarla en un listado cerrado de enfermedades es "limitativo y excluyente". En este sentido, lamenta que el citado Real Decreto mantenga un anexo con un listado de las enfermedades con una esperanza de vida reducidas que dan acceso a esa jubilación anticipada.