Un auto del Tribunal de Instancia de Madrid, recurrible en apelación, acuerda la medida cautelar solicitada por la Asociación Pozuelo Por la Calidad de Vida y Contra el Ruido para frenar la ejecución del proyecto urbanístico M-503 Carretera de Aravaca.
El Tribunal de Instancia de Madrid, Plaza número 31, ha paralizado de forma cautelar el proyecto urbanístico M-503 Carretera de Aravaca, que prevé la construcción de un recinto ferial, un Palacio de Congresos, un hotel y un aparcamiento en Pozuelo. La decisión afecta al desarrollo aprobado por la Junta de Gobierno Local el 22 de enero de 2026.
La resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, acuerda la adopción de la medida cautelar solicitada por la Asociación Pozuelo Por la Calidad de Vida y Contra el Ruido, POZCAVIR. El auto es recurrible en apelación.
El juzgado suspende la ejecutividad del acto administrativo por el que se aprobó el documento técnico del Proyecto de Urbanización del APR 4.3-10 M-503 Carretera de Aravaca del Plan General de Ordenación Urbana. La medida cautelar implica que el tribunal aprecia riesgo de daños irreversibles y considera necesario proteger el entorno mientras se analiza la legalidad del proyecto.
La asociación demandante ha denunciado el impacto sobre el entorno natural, con tala de arbolado, afección a la fauna y alteraciones del suelo. También ha señalado el aumento del tráfico y la contaminación acústica y atmosférica que generaría la actuación. La suspensión se adopta antes de que exista un pronunciamiento sobre el fondo del procedimiento.
El órgano judicial subraya que, aunque no entra a valorar el fondo del asunto, la ejecución inmediata del proyecto podría ocasionar perjuicios de difícil o imposible reparación, especialmente en materia medioambiental. A su juicio, esa circunstancia haría perder la finalidad del recurso si finalmente fuera estimado.
La magistrada ha tenido en cuenta el denominado 'periculum in mora', es decir, el riesgo derivado del paso del tiempo, y la necesidad de preservar la eficacia de una eventual sentencia favorable a los demandantes. Por eso ha optado por la suspensión cautelar mientras se resuelve el fondo de la cuestión.