¿Qué deben saber aquellos opositores a la Guardia Civil que no superen con éxito la prueba de la entrevista personal?

Un resultado de “no apto” en esta prueba no tiene por qué ser definitivo y se puede modificar con una reclamación que autorice el ingreso del aspirante al cuerpo.
Si estás leyendo esto, muy probablemente seas un opositor que está preparando las pruebas de acceso a la Guardia Civil. Si este es tu caso, o si por el contrario conoces a alguien de tu círculo más cercano que se encuentra en esta tesitura, es importante que conozcas una serie de detalles que afectan de pleno a una de las pruebas más controvertidas, sino la que más, de las que dan acceso a este cuerpo de seguridad del Estado: la entrevista personal.
Cuando uno inicia el camino de opositar su máximo anhelo es sacar la plaza y cumplir de una vez por todas el sueño por el que lleva tanto tiempo peleando. En el caso concreto de la Guardia Civil, hay que superar hasta cuatro fases eliminatorias para alcanzar la tan ansiada meta, siendo el último peldaño la entrevista personal. Si bien en estas pruebas de acceso se califican tanto conocimientos teórico-prácticos, como físicos o médicos, el motivo de la polémica gira en torno a los propios criterios de evaluación de ese último escollo, pues en determinadas ocasiones los argumentos que se esgrimen para decidir si un aspirante es o no apto tienden a ser sumamente subjetivos.
El propósito de la prueba y su realidad
En la página web del Ministerio del Interior se reconoce que el propósito de esta prueba es “evaluar la capacidad de los aspirantes para adecuarse a las exigencias derivadas del desempeño profesional”. Así como “contrastar y ampliar los resultados de las pruebas psicotécnicas”, para así “valorar que el candidato presenta, en grado adecuado, las competencias y cualidades necesarias para superar el período académico y poder desempeñar los cometidos y responsabilidades que le sean encomendados”. Pero con esto sucede como en otras tantas situaciones de esta vida, y es que del dicho al hecho, hay un trecho.
“Una vida laboral muy volátil e inestable”, en algunos casos donde la persona trabajó durante una serie de años en empresas privadas; “ausencia de vocación para el puesto en el aspirante”, porque dejó de estudiar durante un tiempo la oposición para luego más adelante retomarla; o “tu padre se retiró del cuerpo demasiado joven” son solo algunos ejemplos de argumentos utilizados por la Guardia Civil para verbalizar el rechazo o el “no apto” hacia sus aspirantes.
Estas situaciones dejan un poso difícil de digerir para los estudiantes que ya no solo sienten rabia por haber caído en la última prueba y haber remado para morir en la orilla, sino que su frustración se acentúa al entender que los motivos por los cuales no han superado en esa última prueba no son suficientemente serios u objetivos. Pero, ¿realmente se puede hacer algo contra esta calificación? La respuesta es afirmativa y hay un camino a seguir.
El “no apto” es reclamable por criterios arbitrarios
El abogado Juan Carlos Fernández Monteagudo conoce muy bien todo el derecho que concierne a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y ha gestionado con éxito distintas reclamaciones de actuales guardias civiles que en su momento se dieron de bruces con una calificación de “no apto” con la que no estaban del todo conformes.
Si bien sobre el papel puede parecer complejo lanzarse a reclamar contra una institución tan potente como la Guardia Civil, lo cierto es que “es una realidad que cada vez prosperan más recursos ante la constancia de lo arbitrario que resulta la declaración de no aptitud en la entrevista personal”, revela el letrado. Y es que, en sus años de experiencia reconoce haber visto “todo tipo de argumentos por parte de los entrevistadores para no dar el visto bueno al aspirante”.
Desde “falta de sinceridad o falta de flexibilidad con el resto de opiniones”, hasta directamente “inmadurez” o “ausencia de constancia y vocación en el estudio de la oposición”. Algo que sin ningún tipo de dudas resulta sumamente frustrante para los opositores que lo sufren en primera persona, que según el propio Fernández Monteagudo son “unos 100 por convocatoria”.
Por eso reconoce que, si crees estar pasando por una situación similar, es importante insistir en que esta declaración es reclamable. Primero con un recurso de alzada (que es un mero trámite, ya que su estimación es prácticamente imposible y únicamente hay que presentarlo para que se pueda iniciar la vía contenciosa) y segundo con un recurso contencioso-administrativo en el Tribunal Superior de Justicia más cercano.
Además, en el caso de que el procedimiento concluyera con un final positivo, el aspirante podría cobrar todas las retribuciones que se hubiesen podido percibir de haberse incorporado junto a sus compañeros de promoción y gozaría de la misma antigüedad que ellos, aspecto importantísimo de cara al salario o a la elección de un hipotético destino.