La Comunidad inicia los trámites para crear el registro de objetores al aborto por orden del TSJM

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La Comunidad de Madrid ha iniciado los trámites para crear el Registro de Personas Objetoras de Conciencia para las Interrupciones Voluntarias del Embarazo, en cumplimiento de la medida cautelar acordada por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. El Gobierno regional ha publicado este miércoles en el Portal de Transparencia el proyecto de orden de la Consejería de Sanidad que regulará este instrumento y ha abierto un plazo de 30 días hábiles para la presentación de alegaciones.

El paso dado por el Ejecutivo autonómico responde a la resolución del TSJM, que obligó a la Comunidad a iniciar la tramitación administrativa necesaria ante la inactividad apreciada en la implantación de este registro. La medida fue adoptada a petición de la Abogacía del Estado, en representación del Ministerio de Sanidad, al amparo de la Ley Orgánica 1/2023.

Esa norma establece en su artículo 19 ter que cada comunidad autónoma debe crear un registro de profesionales sanitarios que ejerzan su derecho a la objeción de conciencia respecto de la intervención directa en la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo. Aunque la resolución judicial no implicaba la creación inmediata del registro, sí imponía el inicio del procedimiento y su desarrollo conforme al protocolo consensuado en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

Ese protocolo fue aprobado el 16 de diciembre de 2024 por unanimidad, con la participación de todas las comunidades autónomas. El acuerdo fijó un marco común de coordinación para implantar estos registros en todas las administraciones sanitarias.

El enfrentamiento entre el Ministerio y la Comunidad de Madrid por esta cuestión venía de meses atrás. El 14 de octubre de 2025, el departamento que dirige Mónica García remitió un requerimiento a Aragón, Baleares y Madrid para que dieran respuesta en el plazo de un mes sobre la implantación del registro. Tras agotarse ese plazo, el Ministerio anunció la vía contencioso-administrativa.

El 16 de enero, Sanidad formalizó la presentación del recurso. Desde entonces, la Comunidad ha sostenido que la creación del registro exigía desarrollo reglamentario y que la imposición cautelar suponía adelantar el resultado del proceso principal. El Ejecutivo madrileño defendía además que la prestación de la interrupción voluntaria del embarazo estaba garantizada mediante sus propios mecanismos organizativos, con derivación a centros autorizados cuando todos los profesionales de un servicio ejercían la objeción.

Ayuso rechaza señalar a los médicos

La presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, ha reiterado en varias ocasiones que no está dispuesta a “señalar” a los médicos que no quieran practicar abortos. En esa misma línea, el portavoz del Gobierno madrileño, Miguel Ángel García, ha defendido que la Comunidad está cumpliendo tanto con la garantía del derecho a la objeción de conciencia como con la prestación del servicio.

El Ejecutivo autonómico ha insistido en su capacidad de autoorganización y en que esa potestad está reconocida por la ley y por el Estatuto de Autonomía. Desde ese argumento, ha venido sosteniendo que puede compatibilizar ambos derechos sin necesidad de un registro en los términos planteados por el Ministerio.

Frente a esa posición, Mónica García llegó a advertir de que una negativa abierta a cumplir la resolución judicial podría tener consecuencias penales para Ayuso, incluida la inhabilitación para cargo público, al amparo del artículo 410 del Código Penal.