La Comunidad habilita a las Policías Locales para controlar el cumplimiento de las restricciones

La Comunidad de Madrid ha emitido este jueves una orden con la que habilita a las Policías Locales a controlar e inspeccionar el cumplimiento de las restricciones impuestas en 37 zonas de la región para evitar contagios del coronavirus, que incluyen desde la limitación de la movilidad al cierre de parques o la reducción de los aforos.
La Consejería de Justicia, Interior y Víctimas ha dictado una orden publicada este jueves en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, donde atribuye competencias a los agentes locales de "inspección" y vigilancia "en el cumplimiento de las medidas que dicte la Consejería de Sanidad".
Así, los policías locales podrán ejecutar "medidas cautelares y provisionales que deban de ser tomadas con carácter de necesidad y urgencia para evitar la comisión de acciones que puedan repercutir en la salud pública y seguridad ciudadana" y sus responsables podrán pedir colaboración de sus Ayuntamientos, de la Comunidad o de voluntarios de Protección Civil.
Además, la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación tendrá la función de coordinar y armonizar "procedimientos sancionadores", coordinándose con "los órganos estatales, con los órganos autonómicos competentes en materia de Salud Pública o, en su caso, los de carácter municipal".
La Comunidad de Madrid adopta esta decisión, que entra en vigor hoy, haciendo uso de su condición de autoridad sanitaria y la competencia exclusiva en materia de coordinación de policías locales.
La Comunidad de Madrid no impondrá por el momento sanciones a a la espera de que el Tribunal Superior de Justicia ratifique las restricciones a la movilidad en 37 zonas básicas de salud -26 en la capital y otras 11 en siete municipios más- de las que los vecinos solo pueden salir o entrar por motivos justificados como ir al trabajo, al médico o a un centro educativo.