La ayuda, gestionada por la Concejalía de Familia y Servicios Sociales, podrá solicitarse dentro de un plazo de 20 días hábiles desde la publicación de la convocatoria o desde el nacimiento o adopción.
El Ayuntamiento de Las Rozas, a través de la Concejalía de Familia y Servicios Sociales, ha puesto en marcha el Cheque Bebé, una ayuda de 1.000 euros destinada a los bebés nacidos o adoptados durante 2026.
El alcalde, José de la Uz, afirmó tras la aprobación de la medida que "con esta ayuda el Ayuntamiento quiere mostrar su compromiso con las familias y agradecer lo más importante para una ciudad como Las Rozas, que la llenen de vida".
Para los nacimientos o adopciones ocurridos entre el 1 de enero de 2026 y la fecha de publicación de la convocatoria, el plazo para presentar la solicitud será de 20 días hábiles desde la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, cuya fecha se comunicará por los canales municipales.
Los menores nacidos a partir de la publicación de la convocatoria dispondrán de 20 días hábiles para solicitar la ayuda contados desde la fecha del nacimiento o de la adopción.
Podrá solicitar la ayuda cualquier persona española o con residencia legal en España que sea madre, padre o tutor legal del recién nacido o adoptado, siempre que al menos uno de los progenitores o adoptantes esté empadronado en Las Rozas de Madrid un año de forma ininterrumpida anterior a la fecha de nacimiento del menor y hasta la fecha de solicitud.
Asimismo, los neonatos y adoptados deberán estar empadronados con el progenitor o adoptante que solicita la ayuda en la fecha de registro de la solicitud, y no podrán ser beneficiarios los progenitores privados total o parcialmente de la patria potestad ni aquellos cuya tutela haya sido asumida por una Institución Pública.
El solicitante debe hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Las Rozas.
La documentación exigida incluye copia del DNI o NIE del solicitante (solo si no autoriza la consulta), volante de empadronamiento (solo si no autoriza la consulta), el Libro de Familia o documento oficial acreditativo del nacimiento o adopción, y un certificado bancario que acredite la titularidad de la cuenta. En caso de adopción se requiere además una fotocopia cotejada de la resolución de adopción.
Las solicitudes deberán dirigirse a la Concejalía de Familia y Servicios Sociales y podrán presentarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Las Rozas o mediante el Registro Electrónico General (Formulario para realizar búsquedas de registros electrónicos (redsara.es)).
También es posible la presentación presencial en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro del Ayuntamiento de Las Rozas, ubicadas en la Casa Consistorial, en el polideportivo Dehesa de Navalcarbón y en el Centro Cívico de Las Matas.