Audiencia Provincial de Madrid concede el beneficio condicionado a no delinquir en cuatro años.
La Audiencia Provincial de Madrid ha concedido a Francisco Javier Gómez Iglesias, conocido como El Pequeño Nicolás, la suspensión de entrada en cárcel tras su condenación a dos años de prisión por acceder a bases de datos policiales.
En un auto, los magistrados acuerdan "conceder el beneficio de la suspensión de condena de las penas privativas de libertad impuestas" a Gómez Iglesias durante un período de cuatro años. Asimismo, deciden que pague una multa de 1.800 euros.
La suspensión, que cuenta con el aval de la Fiscalía, queda "condicionada" a "la ausencia de actividad delictiva" en esos años y al pago de la multa. El tribunal advierte que se "revocará y se procederá a la efectiva ejecución de la pena privativa de libertad en caso de incumplimiento de tales condiciones".
El Tribunal Supremo rebajó el pasado marzo la pena de cárcel a dos años, un mes y 15 días, al considerar "muy cualificada" la atenuante de dilaciones indebidas. La Sala de lo Penal estimó parcialmente el recurso del Pequeño Nicolás contra la sentencia inicial de la Audiencia Provincial, que lo condenaba a cuatro años y tres meses.
La Audiencia Provincial destaca que, "dado el tiempo transcurrido desde la comisión de los delitos --cercano a los 12 años-- sin que conste haber acometido nuevas conductas delictivas, se considera que la ejecución de las penas privativas de libertad no resulta necesaria para evitar la comisión de nuevos delitos".
Los magistrados consideran que la suspensión de la pena "facilita el efecto resocializador" y que su cumplimiento efectivo "podría verse afectado", haciendo preferible optar por "mecanismos sustitutivos de rehabilitación". Así, entienden que esto "contribuiría a alcanzar resultados positivos en materia de resocialización y readaptación social" con "un pronóstico de reiteración delictiva no desfavorable".
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