El Tribunal Supremo ha denegado a la Asociación de Vecinos de Carabanchel Alto su legitimidad para recurrir contra la decisión de la Agencia Española de Protección de Datos de privarles de varios documentos con fichas de presos de la antigua cárcel de Carabanchel que ellos encontraron.
En febrero de 2008 la Asociación de Vecinos de Carabanchel Alto y otras notificaron a la Agencia Española de Protección de datos (AEPD) que habían hallado en el edificio de la antigua cárcel de Carabanchel diversos documentos que contenían fichas de personas que habían estado presas y otros datos de carácter personal.
Se trataba de datos que, en una medida importante al menos, revestían carácter actual, ya que afectaban a personas presas en el momento del cierre de la cárcel.
La antigua prisión de Carabanchel había sido cerrada unos diez años antes, en septiembre de 1998, momento en que se trasladó a los internos y sus documentos y expedientes. Instituciones Penitenciarias señaló que los documentos que quedaron en el edificio abandonado "no eran objeto" de su custodia.
Sin embargo, la AEPD negó a los vecinos el derecho a tener dichos documentos en su poder por afectar al derecho a la intimidad e imagen de las personas afectadas.
Las asociaciones de vecinos recurrieron contra dicha decisión y lo que la Audiencia Nacional, primero, y el Supremo ahora les han dicho es que no tienen legitimidad para presentar dicho recurso, al no tener interés directo en la causa.
No hay relación "entre los intereses de los vecinos y asociados y el objeto de su pretensión", señala el Supremo.