Las Rozas fija los plazos de pago de impuestos y tasas municipales para 2026

Las Rozas fija los plazos de pago de impuestos y tasas municipales para 2026

El Ayuntamiento de Las Rozas ha dado luz verde al calendario fiscal de 2026, que fija los plazos de pago voluntario de los principales tributos municipales, según ha comunicado el Consistorio.

En el caso del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), el periodo voluntario se abrirá el 1 de abril y permanecerá vigente hasta el 1 de junio, ambos días incluidos.

Ese mismo calendario se aplicará a la tasa por utilización privativa y/o aprovechamiento especial del dominio público local, correspondiente a los vados, con pago voluntario entre el 1 de abril y el 1 de junio.

La tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos de competencia local podrá abonarse del 1 de junio al 31 de julio. Por su parte, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), en sus tres modalidades —urbana, rústica y de características especiales—, se podrá pagar de forma voluntaria desde el 1 de septiembre hasta el 30 de noviembre, inclusive.

Para el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), el Ayuntamiento ha establecido un periodo voluntario que irá del 1 de octubre al 30 de noviembre, ambos incluidos, dentro del Sistema Especial de Pagos Personalizado (SEPP).

Sistema Especial de Pagos Personalizado

El Ayuntamiento de Las Rozas ofrece a los vecinos el Sistema Especial de Pagos Personalizado, que permite abonar los recibos en 2, 5 o 9 plazos mediante domiciliación bancaria y con una bonificación del 5%, a través del cobro fraccionado de deudas de vencimiento periódico.

Las solicitudes deben presentarse antes del 31 de diciembre del ejercicio anterior al que se quiera aplicar el sistema. Para acogerse, será necesario que los interesados no mantengan deudas en periodo ejecutivo con la Hacienda Municipal en el momento de registrar la petición.

No se considerarán pendientes aquellas deudas que estén aplazadas, fraccionadas o cuya suspensión haya sido declarada. Además, el calendario fiscal aprobado para 2026 concreta las fechas de vencimiento de las tres modalidades del SEPP.

En la opción de dos plazos, el primer cargo se realizará el 2 de marzo y el segundo, el 3 de noviembre. Para quienes opten por el pago en cinco plazos, los vencimientos serán el 2 de marzo, 30 de abril, 30 de junio, 31 de agosto y 3 de noviembre.

En la modalidad de nueve plazos, se han fijado como fechas el 2 de marzo, 31 de marzo, 30 de abril, 1 de junio, 30 de junio, 31 de julio, 31 de agosto, 30 de septiembre y 3 de noviembre.

Quienes deseen fraccionar pagos, domiciliar tributos, realizar consultas o autoliquidar tasas e impuestos municipales pueden hacerlo a través de la carpeta tributaria.

Los tributos que pueden incorporarse al SEPP son el IVTM; la tasa por utilización privativa y/o aprovechamiento especial del dominio público local (VADOS Y CAJEROS); la tasa por gestión de residuos (BASURAS); el IBI y el IAE.