La juez rechaza investigar la relación empresarial de Alberto Amador y sus cuentas de 2019 a 2022

La juez rechaza investigar la relación empresarial de Alberto Amador y sus cuentas de 2019 a 2022

La magistrada del Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid ha denegado las diligencias solicitadas por el PSOE y Más Madrid en el marco de la investigación contra Alberto Amador, quien enfrenta acusaciones por presuntos delitos de fraude fiscal y falsificación de documentos mercantiles.

En un auto fechado el 31 de julio, la jueza desestima las peticiones presentadas el 24 de junio por ambas formaciones, que propiciaron el aplazamiento de las declaraciones previstas para ese día. Las solicitudes de la acusación popular se basaban en un informe de inspección de la Agencia Tributaria incluido en el proceso, sugiriendo que los hechos investigados podrían ir más allá de los delitos inicialmente contemplados.

Específicamente, el PSOE y Más Madrid pedían que se investigara la relación empresarial de Alberto Amador, pareja de la presidenta regional Isabel Díaz Ayuso, con el Grupo Quirón; que se examinaran sus cuentas bancarias correspondientes a los años 2019 a 2022; y que se aportara la documentación relativa a la compraventa de sus propiedades entre 2020 y 2024.

Desde Más Madrid, se argumentaba la existencia de indicios de delitos adicionales que justificarían la necesidad de más tiempo para una investigación exhaustiva, con el propósito de ampliar las imputaciones por fraude fiscal, falsedad documental y delitos contables. Además, se consideraba que Amador podría haber incurrido en delitos de administración desleal, falsedad contable, corrupción en los negocios y otros delitos contables.

Diligencias rechazadas por innecesarias

La jueza considera que muchas de las diligencias solicitadas "podrían resultar innecesarias, ya que los hechos podrían ser reconocidos por los investigados en el momento de prestar declaración". Además, señala que otras diligencias solicitadas tienen un carácter prospectivo, al no existir indicios de delitos adicionales a los que ya son objeto del procedimiento actual.

En relación con los posibles hechos conexos, la magistrada subraya que llevar a cabo las diligencias requeridas implicaría una excesiva complejidad y dilación del procedimiento, lo que podría extenderse durante varios años y dificultar un enjuiciamiento rápido, como exige el Artículo 17 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La investigación en curso contra Alberto Amador se centra en los indicios delictivos relacionados con el Impuesto de Sociedades de los ejercicios 2020 y 2021, así como en un presunto delito de falsificación documental, debido a la presentación de facturas que no corresponden con servicios realmente prestados, con la finalidad de reducir la cuota tributaria a pagar.

En el auto de apertura de diligencias, la jueza argumentó que, presuntamente, y como resultado de estas conductas fraudulentas, Amador dejó de ingresar a la Hacienda Pública estatal una cuota de 155.000 euros en 2020 y 195.951 euros en 2021 por el Impuesto de Sociedades. Estos actos estarían tipificados como delitos sancionados en el artículo 305.1 del Código Penal, en concurso con un delito de falsedad documental mercantil, según los artículos 392.1 y 390 del mismo código.

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