Así está el impuesto de sucesiones en la Comunidad de Madrid

Así está el impuesto de sucesiones en la Comunidad de Madrid

A la hora de recibir una herencia, una de las principales preocupaciones de los herederos es saber cómo se deben hacer las cosas bien con respecto a Hacienda: ¿hay que pagar algún impuesto? ¿Cuál es el plazo? ¿Cumplo las condiciones para recibir alguna bonificación?

«Lo primero que hay que tener en cuenta es que cada comunidad autónoma tiene unos reglamentos distintos: no es lo mismo recibir una herencia en Madrid que en Tenerife», explican desde Interfunerarias (Madrid), empresa especializada en acompañar a las familias en el trance de la pérdida de un familiar, y que ayudan a los afectados con todas estas preguntas.

Respecto a la Comunidad de Madrid, esta es una de las zonas de España que cuenta con más bonificaciones y beneficios fiscales cuando alguna persona recibe una herencia allí.

De hecho, desde hace ya más de un lustro, los herederos o receptores de una donación que sean familiares próximos del anterior propietario pueden aplicar una bonificación del 99 % del total, algo muy relevante para hijos, cónyuges o ascendientes de la persona fallecida.

Teniendo esto en cuenta, y con el conocimiento de que hay muchas más bonificaciones posibles, conviene conocer cuándo y dónde se debe presentar el impuesto de sucesiones en Madrid.

Cuándo y dónde presentar el impuesto de sucesiones en Madrid

Siempre que el fallecido viviera de manera habitual en Madrid, hay que pagar este impuesto en esta comunidad autónoma. A esto se le añade el hecho de recibir donaciones de inmuebles dentro de la comunidad o si el receptor de una donación vive en cualquiera de los municipios de Madrid.

Respecto a los plazos, se cumple con el lapso temporal de la mayoría de comunidades autónomas: el heredero dispone de 6 meses para presentar este impuesto, con posibilidad de una prórroga de hasta 6 meses más, siempre que se pida en los primeros momentos tras el fallecimiento.

Las donaciones, por otro lado, cuentan con un plazo mucho más exigente en Madrid: solo un mes se dispone para arreglar el pago y ejecutarlo.

Las bonificaciones más importantes del impuesto de sucesiones en Madrid

Las bonificaciones que afectan a familiares directos son las más relevantes del impuesto en la comunidad de Madrid.

Hijos menores de 21 años

Los descendientes menores de 21 años podrán beneficiarse de una reducción de hasta 16.000 euros. A estos hay que sumar 4000 euros por cada año menos de 21 hasta un total de 48.000.

Los mayores de 21 —aquí se incluyen cónyuges, padres, etc.— solo podrán beneficiarse de este primer bloque de 16.000 euros.

Adquisición de vivienda habitual o empresa

En el caso de adquisiciones de vivienda habitual, se da uno de los beneficios fiscales más importantes. Y es que los herederos podrán aplicar una reducción del 95 % del total, hasta 123.000 euros. El dato es igual en el caso de la herencia de empresas individuales familiares.

Enfermedades especiales y terrorismo

El impuesto de sucesiones de la Comunidad de Madrid tiene una especial atención para las personas afectadas por enfermedades (99 %) y para víctimas de actos de terrorismo (99 %), que marcan la diferencia con respecto a las legislaciones de otras comunidades autónomas del país.

Estos son los principales datos que hay que saber sobre el impuesto de sucesiones de la Comunidad de Madrid. Según los directivos de Interfunerarias, los señalados son los casos más habituales de reducciones y bonificaciones a los que pueden acogerse los familiares que heredan por el fallecimiento de un familiar.

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