La Audiencia Provincial absuelve al expresidente del Autotaxi de Madrid
La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a Miguel Ángel Leal, expresidente de la Asociación Gremial del Autotaxi de Madrid, de los delitos de estafa, apropiación indebida, falsedad contable y administración desleal que le imputaba la Fiscalía.
Leal había sido acusado de cargar a la asociación gastos personales por un total de 136.385 euros, destinados a viajes, comidas y otros conceptos.
En la sentencia, el tribunal ha determinado que no se ha presentado prueba de cargo suficiente para una condena. La Fiscalía afirmaba que las extracciones de dinero realizadas por Leal no contaban con la justificación contable necesaria para demostrar su uso en fines estatutarios. Sin embargo, la Sala señaló que no se ha acreditado con certeza que el acusado haya actuado de forma fraudulenta o con intención de apropiarse de las cantidades señaladas.
El tribunal subrayó la importancia de la presunción de inocencia ante la falta de pruebas concluyentes. También consideró que no se ha demostrado que la actuación de Leal haya causado un perjuicio a la Asociación Gremial del Autotaxi de Madrid. Según el perito, los gastos cargados a la tarjeta no serían deducibles fiscalmente y podrían causar problemas en una inspección fiscal, pero esto no se incluyó como crédito en el informe concursal.
La Fiscalía acusaba a Miguel Ángel Leal de haber utilizado una tarjeta Business Oro de la asociación para realizar extracciones en efectivo por valor de 76.130 euros, así como gastos personales por un total de 60.255 euros, sin justificación contable. Estos gastos incluían 25.137 euros en viajes y desplazamientos, 8.284 euros en restaurantes, 5.843 euros en otras compras, 4.806 euros en combustible, 4.438 euros en estanco, 4.164 euros en supermercados, 3.663 euros en El Corte Inglés, 2.128 euros en farmacia y 1.793 euros en plataformas.
La acusación sostenía que estos gastos personales, realizados durante los más de cuatro años de mandato de Leal, ascendían a un total de 136.385 euros, y que habían sido utilizados con ánimo de enriquecimiento ilícito.
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