El TSJM declara "irregular" la readmisión de los rastreadores Covid y condena a Sanidad a pagar 500 euros a cada uno

El TSJM declara "irregular" la readmisión de los rastreadores Covid y condena a Sanidad a pagar 500 euros a cada uno

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado "irregular" la readmisión de 119 rastreadores Covid despedidos por la Consejería de Sanidad y cuyo cese fue declarado nulo por la Justicia.


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Así consta en una resolución en la que la Sala de lo Social acuerda condenar a la Consejería de sanidad a abonar 500 euros a cada uno de ellos por "el trato desconsiderado que se les ha infringido".

De este modo, el Tribunal Superior madrileño da la razón al sindicato CCOO Sanidad Madrid en su demanda por la incorporación irregular de estos rastreadores de la Dirección General de Salud Pública, organismo perteneciente a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.

La Dirección General de Salud Pública contrató, desde marzo de 2020, a estos más de 150 titulados medios y titulados superiores de disciplinas relacionadas con Ciencias de la Salud, Biología o Trabajo Social, para la detección precoz de casos de Covid-19 y para el seguimiento de casos y sus contactos estrechos en la Comunidad de Madrid. Los contratos fueron prorrogados (que no renovados) en tres ocasiones (1 de enero de 2021, 1 de julio de 2021 y 1 de enero de 2022).

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) declaró nulo el despedido de los rastreadores en octubre de 2022 y condenó a la Comunidad de Madrid a readmitir "de inmediato" a todos y todas, en las mismas condiciones que regían antes del despido, el 15 de diciembre de 2022.

Ahora, el mismo tribunal advierte que los rastreadores han sufrido un trato vejatorio, "confinadas en un espacio sin medios materiales para prestar servicios, sin tareas asignadas y sin ofrecerles una explicación ni permitirles comunicarse con otros trabajadores de la Consejería".

"Ciertamente supone un comportamiento vejatorio para estas personas que podía haberse obviado con un permiso retribuido mientras se tramitaban el cese que posteriormente se ha producido y agilizando éste, habiendo mantenido la situación arbitraria e innecesariamente, simplemente para mortificar a los demandantes, sin tener en cuenta el malestar psicológico que se produce a una persona teniéndola toda la jornada sin nada que hacer y sin posibilidad de hacer nada", refiere el tribunal.

No obstante, el tribunal condena a la Consejería de Sanidad al abono de una indemnización de 500 euros a cada una de las personas readmitidas pero no reconoce la existencia de vulneración de derechos fundamentales.

En este sentido, CC.OO. entiende que la actitud de la Consejería sí es vulneradora de derechos fundamentales, por lo que ha decidido continuar con el procedimiento.

"Aunque el fallo es favorable a los y las profesionales afectadas y reconoce la existencia de responsabilidad en la readmisión irregular por parte de la Consejería de Sanidad", el sindicato considera que los hechos "no alcanzan la gravedad suficiente como para ser considerados vulneradores de derechos fundamentales".

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