El Summa 112 ya permite el acompañamiento de perros de asistencia en los traslados

El Summa 112 ya permite el acompañamiento de perros de asistencia en los traslados

El Servicio de Urgencia Médica de la Comunidad de Madrid (SUMMA 112) estrena un nuevo protocolo que permite el acompañamiento de perros de asistencia en aquellos traslados en sus vehículos de transporte sanitario en los que resulte clínicamente procedente por el estado del paciente.


Si no te convence, ¡darse de baja es un clic!
Estoy de acuerdo con los Términos y condiciones y los Política de privacidad




El consejero de sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, ha presentado este lunes en la sede del Summa 112 el nuevo procedimiento asistencial que regula su presencia tanto en UVI móviles o ambulancias de Soporte Vital Avanzado, en el caso de emergencias, como en las de Soporte Vital Básico urgentes y para transporte programado.

"Acciones como esta son las que contribuyen a avanzar en la humanización de la asistencia porque ayuda a quien más lo necesita, en este caso a las personas con alguna discapacidad y a quienes a nivel afectivo, y junto con su perro guía, les otorga seguridad y tranquilidad en esos momentos tan necesarios", ha resaltado el máximo responsable de la Sanidad madrileña.

Durante el acto de presentación, una de las usuarias de este nuevo procedimiento, Conchi Pontón, ha resaltado que se trata de "normalizar" su día a día. "Para nosotros nuestros amigos perretes, en esta caso Lexa para mí, somos un tándem, es parte de mí, y es bueno que la gente entienda que un perro puede entrar a todas partes", ha explicado.

En este sentido, ha subrayado la "tranquilidad" y "seguridad" que siente al saber que, "en caso de accidente" o una emergencia, tanto ella como su perro de asistencia "estarán cuidadas". "Da tranquilidad y seguridad saber que ella también estará cuidada en un momento de estrés como estos", ha explicado.

En la misma línea, el gerente del Summa 112, Manuel José Guiote, ha resaltado el "plus" de tranquilidad que supone este procedimiento para estas personas, a las que además "facilita la vida". En su diseño y redacción han participado profesionales sanitarios, técnicos de la Gerencia de hospitales, de la Dirección General de Humanización y la Fundación Perro Guía de la ONCE.

ACOMPAÑAMIENTO EN TODO MOMENTO

Esta iniciativa parte de la premisa de que la atención sanitaria a un paciente que necesita un perro de asistencia debe garantizar el traslado del mismo junto a su usuario, siempre que sea posible y no suponga riesgo alguno para su atención médica.

Así, cuando el enfermo se encuentre en condiciones, acompañará personalmente al perro hasta la ambulancia, mientras que, en caso contrario, un miembro del equipo sanitario se hará cargo del animal, que se situará junto al usuario en la cabina asistencial, debidamente anclado, o en la cabina de conducción si por las circunstancias clínicas del paciente lo recomiendan.

En estas últimas circunstancias viajaría igualmente protegido y en el suelo, a los pies de uno de los integrantes del grupo, que mantendrá el contacto físico con él en todo momento.

Se tendrán en cuenta excepciones como la alergia a los canes en algún miembro del equipo sanitario, signos de evidencia de enfermedad o indicios de falta de salubridad en el propio animal o la existencia de personas que puedan responsabilizarse de la custodia del perro, como familiares, en el caso en el que se prevea un ingreso en un centro hospitalario.

Si se traslada al paciente junto con el perro, el Centro Coordinador del Summa 112 avisará al Servicio de Admisión de urgencias del centro hospitalario receptor del paciente a fin de que activen los circuitos establecidos. Cada centro sanitario establece los protocolos atendiendo a sus particularidades e infraestructuras.

TIPOS DE PERROS DE ASISTENCIA

Esta novedad se aplica a los denominados perros de asistencia, aquellos que han sido adiestrados para dar servicio a personas con alguna discapacidad, para contribuir a la mejora de su autonomía personal y calidad de vida. Son entrenados por asociaciones o instituciones especializadas y deben contar con una certificación oficial.

Se clasifican en los siguientes tipos: perros guía, adiestrados para acompañar a una persona con discapacidad visual o sordoceguera; perros señal, preparados para avisar a personas con discapacidad auditiva de la emisión de sonidos y su procedencia; o perros de servicio, que ofrecen apoyo en actividades de la vida diaria a personas con discapacidad física.

También incluye a perro de aviso o alerta médica, que avisan de una alerta médica a personas con alguna discapacidad y crisis recurrentes con desconexión sensorial derivadas de enfermedades específicas, como diabetes, epilepsia u otras patologías orgánicas, y perros para personas con trastornos del espectro autista, entrenados para preservar la integridad física de estos usuarios, controlar situaciones de emergencia y guiarlos.

En cambio, quedan excluidos los perros de terapia, utilizados en programas terapéuticos de salud con objetivos definidos, ya que en este caso no forman una unidad de vinculación con la persona a la que ayudan.

Para garantizar el traslado del paciente con su perro de asistencia, se deberá acreditar esta condición a través del carnet de identificación de la unidad de vinculación u otros documentos o distintivos que lo certifiquen.