Aprobada la nueva ordenanza de Limpieza de la capital que endurece las sanciones contra grafitis, el botellón y el abandono de cartones

Aprobada la nueva ordenanza de Limpieza de la capital que endurece las sanciones contra grafitis, el botellón y el abandono de cartones

El Pleno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado este martes la nueva ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos, Gestión de Residuos y Economía Circular que endurecerá sanciones contra grafitis y botellón con los votos a favor de PP, Ciudadanos y Vox.


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El resto de grupos ha votado en contra.

Se modifica de esta forma la normativa que data del año 2009 para adaptarla a las necesidades en materia de limpieza y gestión de residuos que han surgido durante la última década, sobre todo frente al auge del comercio electrónico y el abandono del cartón.

La nueva normativa persigue de manera especial, elevando el régimen sancionador, prácticas como el abandono de residuos por botellón, que se tipifica por primera vez en la normativa madrileña, el depósito inapropiado de cartón en la vía pública y la realización de grafitis.

LOS CAMBIOS

En el periodo de información pública, uno de los cambios más importantes que se introdujo tras este proceso fue elevar de infracción leve a grave, con multas de 751 a 1.500 euros, el sobrellenado de los contenedores o sacos de residuos de construcción mediante cualquier medio para superar la capacidad máxima del recipiente (por ejemplo, colocando puertas o tablas en los bordes que permitan elevar la cantidad de residuos).

Otra de las novedades que se incluyeron fue la obligación para los comerciantes de utilizar el servicio de recogida 'puerta a puerta' de cartón comercial. Asimismo , deberán doblar y plegar el cartón para la recogida con el objetivo de agilizar su retirada por los servicios municipales.

La ordenanza incluye por primera vez la regulación específica para la lucha contra el abandono de residuos por botellón para acabar con esta práctica en la ciudad. Para ello, el régimen sancionador eleva la tipificación de estas infracciones de sin gravedad a graves, incrementando el importe de las multas de los 400 euros actuales hasta multas que pueden llegar a los 2.001 euros.

SANCIONES MÁS DURAS CONTRA LOS GRAFITIS

A pesar de que las multas por realizar pintadas vandálicas se elevaron en 2020, con la nueva normativa las sanciones por grafitear cualquier superficie de la capital partirán de un importe mínimo de 2.000 euros hasta llegar a los 3.000 euros.

Ahora, la sanción leve por realizar pintadas en mobiliario urbano, muretes, pilares o puertas es de 600 euros. Además, por primera vez, todo grafiti podrá llevar asociada, al margen de la propia sanción, la exigencia de la reparación de los daños. En caso de reincidencia, la normativa autonómica contempla cuantías de 600 a 6.000 euros para las pintadas vandálicas. El Ayuntamiento de Madrid castigará estas infracciones repetitivas con sanciones de entre 4.000 y 6.000 euros.

El depósito de grandes cajas de cartón a los pies de los contenedores, perjudicando la imagen de limpieza, pasa a sancionarse con multas de entre 200 y 2.000 euros.

HORARIO PARA EL VIDRIO

En la nueva ordenanza se regula un horario para deshacerse de los residuos de vidrio en los contenedores instalados en los espacios públicos para tal efecto. Se podrá arrojar vidrio en el recipiente verde durante 14 horas al día, entre las 8 horas y las 22.30 horas, quedando prohibido en las horas nocturnas restantes.

Esta medida se dirige especialmente a los hosteleros con el fin de evitar la contaminación acústica que, especialmente en calles estrechas y en horario de noche, se produce cuando se depositan los residuos de vidrio. Esta regulación redundará en el descanso vecinal.

Ante el auge de los embalajes de cartón, el texto obliga por primera vez a los establecimientos que cuenten con este servicio de recogida 'puerta a puerta' a no depositar los residuos de esta índole en los contenedores instalados en la calle que están destinados a los vecinos.

Además, para esta recogida selectiva 'puerta a puerta' los comercios no podrán depositar los residuos antes de una hora del paso del vehículo que la realice y el cartón deberá ir doblado y plegado. El incumplimiento de estas obligaciones está tipificado como infracción leve, con una sanción aparejada de hasta 750 euros.

Por primera vez, también se incluye la obligación, en las comunidades de vecinos de más de 100 viviendas y en las que técnicamente sea posible llevarlo a cabo, de disponer de un contenedor para la recogida de aceite vegetal usado que suministrará el Ayuntamiento. Este recipiente deberá permanecer siempre en el interior del recinto privado, desde donde se procederá a su vaciado o sustitución, para lo que el recinto deberá disponer de accesibilidad adecuada para los servicios municipales.

publicidad EN MARQUESINAS Y PORTALES

También se multarán con hasta 750 euros las actuaciones relacionadas con la publicidad que ensucien la ciudad. Como novedad, se prohíbe la colocación o el abandono de folletos, octavillas o cualquier otro material publicitario en marquesinas de autobús, portales o cualquier otro lugar no habilitado para ello.

El texto definitivo mantiene el articulado de la ordenanza de 2009 sobre esta materia, en el que se especifica que queda prohibido desgarrar, arrancar o tirar carteles, pancartas, adhesivos u otros elementos similares que ensucien las vías o espacios públicos.

Asimismo, el reparto domiciliario de publicidad se realizará de forma que no genere suciedad en la vía y espacio público. La publicidad se tendrá que depositar en el interior de los buzones particulares o en aquellos espacios que la vecindad o la comunidad de propietarios del edificio hayan establecido para ello.

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