Entra en vigor la Ley de Mercado Abierto de la Comunidad de Madrid

Entra en vigor la Ley de Mercado Abierto de la Comunidad de Madrid

La Ley de Mercado Abierto de la Comunidad de Madrid entre en vigor hoy, 1 de octubre, que convierte a Madrid en la primera y única región española en la que cualquier empresa o autónomo puede operar libremente de forma automática, sin tener que solicitar licencias suplementarios a las que ya posee en sus lugares de origen.

La norma anunciada para esta legislatura por la Presidenta del Gobierno Regional , Isabel Díaz Ayuso, entra hoy sábado en vigor y también será de aplicación a los productos que se comercialicen en el resto de España, que no necesitarán permisos adicionales para hacerlo en el territorio regional.


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Asimismo, el texto recoge el compromiso del Ejecutivo madrileño para suprimir regulación propia en aquellos casos en los que los requisitos de acceso a la actividad sean mayores que los de otras comunidades autónomas.

Con la nueva Ley de Mercado Abierto, el Gobierno Regional busca fomentar la inversión, la generación de empleo y la reactivación económica, además de constituir un paso más en la eliminación de trabas regulatorias, en consonancia con las recomendaciones de la Comisión Europea para garantizar la unidad de mercado.

"De esta forma, se avanza en la simplificación administrativa, eliminando barreras y obstáculos innecesarios que pueden suponer la pérdida de oportunidades de crecimiento y fomentando la libre circulación de bienes y servicios", señalan.

PIB AUTONÓMICO

Gracias al reconocimiento automático de licencias para que empresas y profesionales de todo el país puedan operar en territorio madrileño, se prevé que el PIB autonómico pueda crecer en torno a un +1,6% a medio y largo plazo, "lo se traducirá en una creación de riqueza próxima a 4.000 millones de euros anuales y unos 50.000 nuevos empleos".

Desde hoy, la aplicación de esta Ley suprime inicialmente casi 40 procedimientos administrativos diferentes, relacionados con inscripciones registrales, autorizaciones, certificados, comunicaciones y licencias, entre otras cuestiones.

Así, por ejemplo, ya no será necesaria la certificación de productos ecológicos para su venta al consumidor final, si ya la tienen en origen, o, en el caso de los agentes inmobiliarios, estos no tendrán que inscribirse en el Registro de la Comunidad de Madrid, si ya lo están en otro territorio.