La Comunidad de Madrid denuncia diez puntos inconstitucionales en la Ley de ahorro energético

La Comunidad de Madrid denuncia diez puntos inconstitucionales en la Ley de ahorro energético

El Gobierno de la Comunidad de Madrid ha denunciado que hay, al menos, diez puntos inconstitucionales en el Real Decreto Ley de ahorro energético impulsado por el Gobierno de Pedro Sánchez.

Desde Sol también apuntan que Madrid será la única capital europea que tendrá que apagar los escaparates a las 22:00 horas por “una decisión arbitraria y autoritaria”.


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Asimismo , el consejero de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, Javier Fernández-Lasquetty, ha acusado al jefe del Ejecutivo , Pedro Sánchez, de no querer que "haya vida en Madrid" y ha lamentado que no haya consensuado con las comunidades ni sectores afectados el real decreto del plan energético.

"Es una invasión de competencias y del principio de libertad. Va absolutamente en contra de lo que es Madrid. La vida de Madrid que forman parte de esos comercios abiertos y que ahora pretenden cerrarlo y apagarlo todo. No quiere que haya toda esa vida que hay en lugares como Madrid y otros lugares de España".

Diez puntos inconstitucionales

-El carácter básico alegado por el Estado para invadir competencias autonómicas decae porque el objetivo del Real Decreto Ley (RDL) no es garantizar el suministro de gas, ya que el mismo RDL afirma que España no tiene ese problema, por lo que consideramos que no se pueden establecer mínimos ni máximos en las temperaturas de aire acondicionado y calefacción.

-De la misma forma, ese carácter básico es cuestionable porque nos encontramos ante un acuerdo europeo que no es obligatorio.

-El cierre de puertas de los locales y centros de trabajo choca con la normativa de salud Pública dictada con ocasión de la pandemia por COVID-19 y que establece la necesidad de la ventilación.

-La obligación de instalar cartelería, pantallas, etc. para informar de las medidas de ahorro energético no contribuye directamente a dicho ahorro energético, por lo que invade competencias autonómicas sin justificación.

-La extensión de las prohibiciones a energías renovables o de autoconsumo excede la necesaria proporcionalidad del RDL. Si lo que se pretende es ahorro de gas, ¿por qué se prohíbe este tipo de iluminación basada en otras fuentes de energía?

-El apagado de escaparates a las 22:00 horas colisiona directamente con la Ley de Libertad de Horarios Comerciales de la Comunidad de Madrid, que permite abrir las 24 horas del día. ¿Se puede cumplir esa norma con escaparates apagados?

-El apagado de edificios públicos chocaría con la competencia del cuidado y utilización de los edificios propios de la Comunidad de Madrid y con el desarrollo turístico.

-El adelanto puntual de la próxima inspección de eficiencia energética en instalaciones podría exceder las bases estatales, toda vez que la periodicidad de estas inspecciones no tiene carácter básico.

-Se produce una discrepancia entre la duración prevista de las medidas entre la normativa europea -1 año- y la indicada en el RDL -hasta octubre de 2023-.

-La defectuosa configuración del régimen sancionador puede llevar aparejada vicios de legalidad o constitucionalidad en las sanciones que puedan imponerse, tal y como sucedió en las derivadas de los estados de alarma durante el COVID.