El TSJM mantiene la suspensión cautelar de la circular de la Consejería de Educación sobre la organización de la ESO

El TSJM mantiene la suspensión cautelar de la circular de la Consejería de Educación sobre la organización de la ESO

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha acordado mantener la suspensión cautelar de la circular de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid a los centros educativos sobre la organización de las asignaturas de la Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) para el próximo curso a instancias de CCOO.

Así consta en un auto en el que los magistrados mantienen la medida cautelarísima acordada por esta Sala el pasado 30 de mayo y, por tanto, mantienen la suspensión de la aplicación del apartado segundo de dicha circular, exclusivamente en relación a la organización de la ESO.


Si no te convence, ¡darse de baja es un clic!
Estoy de acuerdo con los Términos y condiciones y los Política de privacidad




El Alto Tribunal reitera que los centros educativos no pueden ver limitada su autonomía para organizar los contenidos de la ESO en ámbitos, tal y como solicitaba CCOO en su recurso contencioso-administrativo contra la circular del 23 de mayo de 2022 sobre ordenación y organización de las enseñanzas de ESO en el curso académico 2022/2023.

La resolución responde a las alegaciones presentadas por la Comunidad de Madrid contra la suspensión inicial y considera que la aplicación de la circular de la Consejería de Educación puede generar perjuicios a las comunidades educativas porque limita la autonomía pedagógica de los centros educativos y los derechos del profesorado y del alumnado.

Los magistrados subrayan que "tal configuración de cada proyecto educativo se ha de realizar, en su caso, por la decisión adoptada por el Claustro que integra, de modo colegiado, al conjunto del Profesorado de cada centro docente".

La Sala recalca que es "visible para esta Sala la afectación de las funciones que, según la Ley Orgánica de Educación, correspondería ejercer al Profesorado del centro".

En consecuencia, queda temporalmente sin efecto la circular vinculante de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, en tanto el TSJM dicte sentencia.

Por tanto, los centros, en su autonomía pedagógica y organizativa, podrán organizar las materias en ámbitos, atendiendo a la legítima demanda de sus comunidades educativas, según ha subrayado CCOO en un comunicado.