El TSJM levanta la suspensión del decreto de Ayuso contra la Lomloe

El TSJM levanta la suspensión del decreto de Ayuso contra la Lomloe

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha levantado las medidas cautelarísimas solicitadas por CCOO para suspender varios preceptos del decreto del Gobierno madrileño sobre evaluación, promoción y titulación en ESO y Bachillerato, con el que el Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso pretendía contrarrestar la LOMLOE.


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En un auto fechado el martes, el TSJM levanta las medidas cautelarísimas acordadas el 24 de mayo a instancias de CCOO, que había alegado que la entrada en vigor del decreto podía trastocar los procesos de evaluación final ordinaria del curso escolar, circunstancia que el TSJM entendió de suficiente urgencia como para acceder a la petición.

"En la solicitud de tutela cautelarísima aparecían, indiciariamente, unos perjuicios que, por la urgencia debida al inminente final del curso escolar, se consideraron en principio por la Sala irreversibles", explica el TSJM en su nuevo auto.

En este, sin embargo, el TSJM señala que CCOO "omitió realizar mención alguna del hecho de que las mismas disposiciones e incisos que recurre, y cuya suspensión instaba, ya estaban siendo aplicadas en los centros y por los equipos docentes en la Comunidad de Madrid desde el mes de noviembre del año pasado".

Insiste además en que el sindicato conocía esta situación, dado que también recurrió en su momento la resolución de la Viceconsejería de Política Educativa que dictaba aquellas instrucciones.

El TSJM entiende que "tales criterios habrán determinado las distintas configuraciones de los proyectos educativos desde el inicio del curso".

De hecho, lo que podría "producir una distorsión de los procesos de evaluación continuada" sería, estima el TSJM, "cambiar ahora tales reglas, siquiera cautelarmente". Aporta el caso de los alumnos que ahora están realizando la Evaluación para el Acceso a la universidad (EvAU), evaluados en convocatoria ordinaria, y a los que, de mantenerse la suspensión cautelar, se pondría en posición de desigualdad respecto a quienes sean evaluados en la convocatoria extraordinaria.

Por todo ello el TSJM acusa al sindicato de actuar con "mala fe procesal" y le impone las costas causadas en este incidente hasta un máximo de 1.000 euros más IVA.

SATISFACCIÓN EN LA COMUNIDAD DE MADRID

Desde la Comunidad de Madrid, el consejero de Educación, universidades y Ciencia y portavoz del Gobierno Regional, Enrique Ossorio, muestra su satisfacción por la decisión judicial.

"Desde el primer momento consideramos que nuestro decreto no vulneraba la normativa nacional porque con esta intención lo elaboramos", subraya Ossorio, quien precisa que el auto condena en costas al sindicato CCOO por "mala fe procesal".

El pasado 18 de mayo, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó "un decreto que facilitaba unos criterios objetivos a los docentes madrileños para las decisiones de promoción de curso frente a la laxitud de la normativa del Ejecutivo central que dejaba a los equipos docentes toda la responsabilidad, lo que podía conducir a una disparidad de criterios entre los diferentes centros educativos".

La normativa regional recomienda a los equipos docentes que acuerden en ESO, como ha sucedido hasta este curso, que un estudiante repita curso cuando tenga tres materias o más suspensas como norma general y que las decisiones de promoción y evaluación se adopten por los equipos docentes por mayoría cualificada de dos tercios de sus miembros en Secundaria y de cuatro quintos en Bachillerato.

"La justicia respalda estas medidas que seguirán vigentes en los centros educativos de la Comunidad de Madrid", apunta el consejero.

El sindicato CCOO presentó un recurso contencioso-administrativo solicitando la suspensión de los preceptos de este decreto por considerar que va contra las normas estatales.

La suspensión cautelarísima adoptada originalmente paralizaba determinados aspectos como las mayorías cualificadas para la toma de decisiones por las juntas de evaluación y la posibilidad de fijar criterios apriorísticos para la promoción o la titulación sin la debida evaluación individualizada.

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